6/20/2013

Resolución Suprema 146-2013-RE Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario

Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Portugal RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 146-2013-RE Lima, 19 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 380-2011/RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Portugal; Que, mediante Resolución Ministerial
Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Portugal

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 146-2013-RE


Lima, 19 de junio de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 380-2011/RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Portugal;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0974-2011/RE, se fijó el 1 de noviembre de 2011, como la fecha en que el citado funcionario diplomático, asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Portugal;

De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003/RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009/RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Portugal.

Artículo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 3°.- La fecha de término de funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.

Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores

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