6/27/2013

Resolución Suprema 306-2013-DE/ Amplían permanencia de oficial del Ejército en EEUU por tratamiento médico

Amplían permanencia de oficial del Ejército en EEUU por tratamiento médico altamente especializado DEFENSA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 306-2013-DE/ Lima, 26 de junio de 2013 VISTA: La Hoja de Recomendación N° 007 Y-6.1/15.00 de abril de 2013, del Comando de Salud del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 234-2012 DE del 28 de mayo de 2012, se autorizó el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado del Capitán EP José Luis CASAS CARRION,
Amplían permanencia de oficial del Ejército en EEUU por tratamiento médico altamente especializado

DEFENSA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 306-2013-DE/


Lima, 26 de junio de 2013
VISTA:

La Hoja de Recomendación N° 007 Y-6.1/15.00 de abril de 2013, del Comando de Salud del Ejército.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 234-2012 DE del 28 de mayo de 2012, se autorizó el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado del Capitán EP José Luis CASAS CARRION, al HOSPITAL JOHN’S HOPKINS de la ciudad de Baltimore, Estado de Maryland – Estados Unidos de América, por el periodo de noventa (90) días en principio, a partir del 29 de mayo al 26 de agosto de 2012; ampliándose su permanencia mediante Resolución Suprema N° 451-2012 DE, del 28 de setiembre de 2012, a partir del 27 de agosto al 31 de diciembre de 2012;

Que, posteriormente mediante Resolución Suprema N° 104-2013 DE del 25 de marzo de 2013, se amplió la permanencia en el exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado del Capitán EP José Luis CASAS CARRION, a fin de cumplir su rehabilitación en el HOSPITAL JOHN’S HOPKINS de la ciudad de Baltimore,
Estado de Maryland – Estados Unidos de América, en el periodo comprendido del 01 de enero al 30 de abril de 2013;

Que, de acuerdo con la Carta del HOSPITAL JOHN’S HOPKINS de la ciudad de Baltimore, Estado de Maryland
– Estados Unidos de América del 26 de febrero de 2013, el médico especialista responsable del tratamiento del CAP EP CASAS CARRION José Luis, señaló que el mencionado Oficial deberá permanecer por un tiempo estimado de un año en los Estados Unidos de América;

Que, en ese sentido con el documento del visto, el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la ampliación de permanencia en el exterior hasta el 31 de agosto de 2013 del Capitán EP José Luis CASAS CARRION, para continuar el Tratamiento Médico Altamente Especializado en el HOSPITAL JOHN’S HOPKINS;

Que, los gastos que ocasione la presente ampliación de permanencia en el exterior, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora N° 003 Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;

Que, dentro de las modalidades de autorizaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Ministerio de Defensa, se encuentran contemplados los viajes por tratamiento Médico altamente Especializado, para aquellos casos en que el personal requiera recibir tratamiento médico especializado que no puede brindarse en el país por enfermedades o patologías originadas durante el cumplimiento del servicio, de conformidad con los artículos 13° y 14° del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004,
Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector defensa;

Que, el numeral 17.1 del Artículo 17° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, señala que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004;

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 – que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 –
Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 – sobre normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 024-2009
DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio,
Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y,
Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Ampliar la permanencia en el exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado del Capitán EP José Luis CASAS CARRION, identificado con DNI N° 43275024 y CIP N° 121265600, a fin de cumplir con su rehabilitación en el HOSPITAL JOHN’S HOPKINS, de la ciudad de Baltimore, Estado de Maryland – Estados Unidos de América, con eficacia anticipada del 01 de mayo al 31 de agosto de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora: 003-Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero:
- US $. 2,500.00 x 04 meses x 1 persona (May. 2013 a Ago. 2013).

Total a pagar :

US $. 10,000.00
US $. 10,000.00
Artículo 3°.- Dejar subsistente en todo lo demás, el contenido de la Resolución Suprema N° 104-2013 DE del 25 de marzo de 2013.

Artículo 4°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa

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