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Resolución Viceministerial 271-2013-MTC/03 Aprueban transferencia de autorización para prestar servicio de radiodifusión
6/13/2013
Resolución Viceministerial 271-2013-MTC/03 Aprueban transferencia de autorización para prestar servicio de radiodifusión
Aprueban transferencia de autorización para prestar servicio de radiodifusión en OM a favor de Corporación de Comunicaciones Las Asambleas de Dios del Perú TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 271-2013-MTC/03 Lima, 3 de junio de 2013 VISTO, el escrito de registro N° 2011-029363, mediante el cual la empresa RADIO AGRICULTURA DEL PERÚ SAC solicita la aprobación de la transferencia de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 271-2013-MTC/03
Lima, 3 de junio de 2013
VISTO, el escrito de registro N° 2011-029363, mediante el cual la empresa RADIO AGRICULTURA DEL
PERÚ SAC solicita la aprobación de la transferencia de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Lima-Huarochiri-Canta, departamento de Lima, a favor de la asociación CORPORACIÓN DE COMUNICACIONES LAS ASAMBLEAS DE DIOS DEL PERÚ;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 641-2009-MTC/03 del 14 de diciembre de 2009, se renovó la autorización a la empresa RADIO AGRICULTURA DEL PERÚ SAC, por el plazo de 10 años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Lima-Huarochiri-Canta, departamento de Lima; cuyo plazo vence el 03 de enero de 2019;
Que, con escrito de registro N° 2011-029363 de fecha 27 de junio del 2011, la empresa RADIO AGRICULTURA DEL PERÚ SAC solicita la transferencia de la autorización renovada con Resolución Viceministerial N° 641-2009-MTC/03, a favor de la asociación CORPORACIÓN DE COMUNICACIONES LAS ASAMBLEAS DE DIOS DEL PERÚ;
Que, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión
- Ley N° 28278, concordado con el artículo 73° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días trascurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada;
Que, a su vez, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74° y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión;
Que, con Informe N° 2320-2012-MTC/28, ampliado con Informe N° 0460-2013-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que es procedente aprobar la transferencia de la autorización renovada con Resolución Viceministerial N° 641-2009-MTC/03 a favor de la asociación CORPORACIÓN DE COMUNICACIONES LAS ASAMBLEAS DE DIOS DEL PERÚ, al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley N° 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC, y el Reglamento de Organización y funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado con Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la autorización que le fuera renovada a la empresa RADIO AGRICULTURA DEL PERÚ SAC mediante Resolución Viceministerial N° 641-2009-MTC/03, a favor de la asociación CORPORACIÓN DE COMUNICACIONES LAS ASAMBLEAS DE DIOS DEL PERÚ, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, relacionados a dicha autorización, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Lima-Huarochiri-Canta, departamento de Lima.
Artículo 2°.- Reconocer a la asociación CORPORACIÓN DE COMUNICACIONES LAS ASAMBLEAS DE DIOS DEL PERÚ como titular de la autorización señalada en el artículo precedente, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma.
Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones
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