7/06/2013

Resolución Jefatural 216-2013/JNAC/RENIEC Prorrogan vigencia de DNI caducos o que estén por vencer de ciudadanos

Prorrogan vigencia de DNI caducos o que estén por vencer de ciudadanos obligados a sufragar en la Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y de las Nuevas Elecciones Municipales 2013 en 199 distritos del país, hasta el domingo 7 de julio de 2013 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 216-2013/JNAC/RENIEC Lima, 05 de julio de 2013 VISTOS: El Decreto Supremo N° 120-2012-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 13 de diciembre
Prorrogan vigencia de DNI caducos o que estén por vencer de ciudadanos obligados a sufragar en la Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y de las Nuevas Elecciones Municipales 2013 en 199 distritos del país, hasta el domingo 7 de julio de 2013

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 216-2013/JNAC/RENIEC


Lima, 05 de julio de 2013
VISTOS: El Decreto Supremo N° 120-2012-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 13 de diciembre de 2012 de la Presidencia del Consejo de Ministros; la Resolución N° 0196-2013-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 05 de marzo de 2013 del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe N° 000038-2013/GRE/RENIEC
(26JUN2013) de la Gerencia de Registro Electoral; la Hoja de Elevación N° 000035-2013/GRE/SGPRE/RENIEC
(05JUL2013) de la Sub Gerencia de Procesamiento del Registro Electoral de la Gerencia de Registro Electoral y el Informe N° 001229-2013/GAJ/RENIEC (04JUL2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que mediante el Decreto Supremo N° 120-2012-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 13 de diciembre de 2012, se convocó a nuevas elecciones municipales 2013, que a la fecha son 75 distritos a nivel nacional, a realizarse el día domingo 07 de julio de 2013;

Que mediante la Resolución N° 0196-2013-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 05 de marzo de 2013, el Jurado Nacional de Elecciones convocó a la segunda consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales en determinadas circunscripciones, las que finalmente después de las exclusiones dispuestas suman un total de 124 distritos a nivel nacional, a realizarse también el día domingo 07 de julio de 2013;

Que para tal efecto, los ciudadanos obligados a sufragar en el proceso electoral convocado, deben emplear su Documento Nacional de Identidad (DNI), teniendo en cuenta su condición de único título para el ejercicio del derecho al sufragio, conforme a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC y el artículo 88° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM;

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 37° de la acotada Ley, el Documento Nacional de Identidad tiene una vigencia de ocho (8) años, en tanto no concurran las circunstancias que tal disposición precisa, a cuyo vencimiento debe ser renovado de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 95° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual señala que el Documento Nacional de Identidad que no sea renovado perderá su vigencia, no pudiendo realizar su titular, ninguno de los actos establecidos en el artículo 84° del mencionado Reglamento, entre los cuales se encuentra el ejercicio del sufragio;

Que la situación expuesta podría limitar la participación de los ciudadanos en los procesos electorales a realizarse el domingo 07 de julio de 2013, resultando necesario establecer los lineamientos para privilegiar el ejercicio del derecho constitucional al sufragio y a la participación ciudadana contenidos en el artículo 31° de la Constitución Política del Perú;

Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del RENIEC y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); y SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar excepcionalmente la vigencia de los DNI caducos, o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en la Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales y de las Nuevas Elecciones Municipales 2013, en 199 distritos del país, hasta el domingo 07 de julio de 2013.

Artículo Segundo.- Precisar que dicha prórroga sólo surtirá efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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