7/24/2013

Resolución Jefatural 238-2013/JNAC/RENIEC Autorizan la apertura de la Agencia Colcabamba, a cargo de la Jefatura

Autorizan la apertura de la Agencia Colcabamba, a cargo de la Jefatura Regional 14 - Huancavelica REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 238-2013/JNAC/RENIEC Lima, 23 de julio de 2013 VISTOS: El Oficio N° 140-2013-A/MDC-T-HVCA (22MAY2013), emitido por la Municipalidad Distrital de Colcabamba; el Informe N° 000002-2013/GGC/GOR/JR14HVCA/RENIEC (23MAY2013), emitido por la Jefatura Regional 14 – Huancavelica de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Informe N°
Autorizan la apertura de la Agencia Colcabamba, a cargo de la Jefatura Regional 14 - Huancavelica

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 238-2013/JNAC/RENIEC


Lima, 23 de julio de 2013
VISTOS: El Oficio N° 140-2013-A/MDC-T-HVCA
(22MAY2013), emitido por la Municipalidad Distrital de Colcabamba; el Informe N° 000002-2013/GGC/GOR/JR14HVCA/RENIEC (23MAY2013), emitido por la Jefatura Regional 14 – Huancavelica de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Informe N° 000126-2013/GOR/RENIEC (31MAY2013), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe N° 001026-2013/GAJ/RENIEC (06JUN2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando las dependencias que fueren necesarias;

Que en ese mismo sentido, los artículos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estará dotada de los mecanismos suficientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista oficina registral;

Que la Jefatura Regional 14 – Huancavelica mediante documento de vistos, comunica que la Municipalidad distrital de Colcabamba a través del Acuerdo de Concejo Municipal N° 042-2013-CM/MDC de fecha 22MAY2013, ha otorgado en cesión de uso por cinco (05) años a favor del RENIEC un ambiente del local de la Municipalidad, con un área total de 72.98m2;

Que asimismo, mediante Acta de Compromiso de fecha 21 de mayo de 2013 la Municipalidad distrital de Colcabamba se compromete a dotar en calidad de préstamo al RENIEC, los mobiliarios básicos para la implementación de una Agencia del RENIEC en el referido distrito, zona considerada de Pobreza Extrema en el Mapa de Pobreza del FONCODES;

Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos, propone la creación de una Agencia del RENIEC en el indicado distrito;

Que conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar la apertura de la Agencia Colcabamba, en los términos recomendados por los órganos competentes;

Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y,
Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el literal h) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC
(10ABR2013); el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar, con eficacia anticipada al 06 de junio del 2013, la apertura de la Agencia Colcabamba, la cual se encuentra ubicada en el Paseo Santiago Antúnez de Mayolo s/n (a media cuadra del Banco de la Nación y de la Plaza Principal) del distrito de Colcabamba, de la provincia de T ayacaja, del departamento de Huancavelica, a cargo de la Jefatura Regional 14 - Huancavelica de la Gerencia de Operaciones Registrales.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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