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Resolución Jefatural 296-2013-ANA Renuevan y prorrogan reserva de recursos hídricos otorgada mediante D.S.
7/16/2013
Resolución Jefatural 296-2013-ANA Renuevan y prorrogan reserva de recursos hídricos otorgada mediante D.S.
Renuevan y prorrogan reserva de recursos hídricos otorgada mediante D.S. N° 003-2009-AG a favor de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 296-2013-ANA Lima, 12 de julio de 2013 VISTO: Los Oficios N° 795-2013-GRLL-PRE/PECH-01 y N° 204-2013-GRA-P.E-.CHINECAS/G.G. presentados por los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas respectivamente, sobre prórroga de la reserva de recursos hídricos; y, CONSIDERANDO: Que,
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 296-2013-ANA
Lima, 12 de julio de 2013
VISTO:
Los Oficios N° 795-2013-GRLL-PRE/PECH-01 y N° 204-2013-GRA-P.E-.CHINECAS/G.G. presentados por los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas respectivamente, sobre prórroga de la reserva de recursos hídricos; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 5) del artículo 15 y el artículo 103 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua aprueba, previo estudio técnico, la reserva de un volumen de agua determinado para el desarrollo de proyectos, cuando así lo requiere el interés de la Nación;
Que, según el numeral 208.1 del artículo 208 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, la reserva de recursos hídricos se otorga por un periodo máximo de dos (02) años prorrogables mientras subsistan las causas que la motivan.
Esta reserva no faculta el uso de los recursos hídricos;
Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2009-AG, se reservaron las aguas del río Santa a favor de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas y, mediante Resolución Jefatural N° 272-2011-ANA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17.05.2011, dicha reserva fue prorrogada por dos (02) años adicionales;
Que, con los documentos del visto, los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas, solicitan se prorrogue la reserva de recursos hídricos otorgada a su favor, señalando que subsisten las condiciones que justificaron su otorgamiento y que se vienen ejecutando las obras respectivas para la entrada en operación de los proyectos;
Que, en ese contexto, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, mediante Informe Técnico N° 021-2013-ANA-DCPRH-ERH-SUP/GPT, concluye que es procedente disponer la prórroga de la reserva de recursos hídricos a favor de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas, en las mismas condiciones consideradas en la prórroga dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 272-2011-ANA;
Que, asimismo, si bien el presente procedimiento se inició con fecha posterior al vencimiento de la prórroga dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 272-2011-ANA, dicha situación no es óbice para otorgar la prórroga solicitada, más aún cuando, de acuerdo a lo señalado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, subsisten las condiciones que justificaron el otorgamiento de la reserva, al no haberse otorgado derechos de uso de agua a cargo de la reserva y que se trata de la ejecución de proyectos de inversión pública declarados de interés nacional; y,
Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y de la Secretaría General, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 15 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Renovación de la Reserva de Agua Renovar, en vía de regularización, hasta la fecha de dación de la presente Resolución, la reserva de recursos hídricos otorgada mediante Decreto Supremo N° 003-2009-AG a favor de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas.
Artículo 2°.- Prórroga de la Reserva de Agua Prorróguese por dos (02) años adicionales, la reserva de recursos hídricos otorgada mediante Decreto Supremo N° 003-2009-AG a favor de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas, la misma que comprende las aguas superficiales de libre disponibilidad del río Santa, de acuerdo al cuadro siguiente:
Disponibilidad Hídrica (MMC)
Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic Total Chavimochic 202,46 202,82 231,05 225,34 88,41 29,33 21,20 16,95 8,94 19,24 59,38 138,73 1 243,85
Chinecas 156,38 179,08 200,45 196,23 89,75 66,06 52,89 49,36 51,62 74,58 80,78 90,44 1 287,62
Artículo 3°.- Determinación del caudal ecológico Precisar que el volumen del Proyecto Especial Chinecas, incluye el caudal ecológico para el tramo comprendido entre la bocatoma Condorcerro y desembocadura al mar, el mismo que no deberá ser menor a un caudal continuo de 5 m3/s, equivalente a 157,68 MMC anuales.
Artículo 4°.- De la supervisión de la reserva de agua La Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, es responsable de supervisar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO EDUARDO JARA FACUNDO
Jefe Autoridad Nacional del Agua
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