7/19/2013

Resolución Ministerial 0173-2013-JUS Conforman Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa

Conforman Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua del Ministerio JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0173-2013-JUS Lima, 17 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, la simplificación administrativa como política nacional de obligatorio cumplimiento es aplicable a todas las entidades que tramitan procedimientos administrativos o brindan servicios administrativos en exclusividad; lo cual involucra a las entidades del Gobierno
Conforman Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua del Ministerio

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0173-2013-JUS


Lima, 17 de julio de 2013
CONSIDERANDO:

Que, la simplificación administrativa como política nacional de obligatorio cumplimiento es aplicable a todas las entidades que tramitan procedimientos administrativos o brindan servicios administrativos en exclusividad; lo cual involucra a las entidades del Gobierno Nacional (incluidos los Ministerios y las Entidades Públicas del Poder Ejecutivo), al Poder Legislativo y Judicial, a los Gobiernos Regionales, a los Gobiernos Locales y Organismos Constitucionales Autónomos;

Que, con la finalidad de orientar a las entidades en el desarrollo de procesos de reingeniería o simplificación administrativa, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se ha aprobado la Metodología de Simplificación Administrativa, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administración Pública;

Que, de acuerdo con dicha Metodología se dispone la conformación de un Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplificación y de un Equipo de Mejora Continua como responsable de planificar y gestionar el proceso de simplificación administrativa al interior de cada entidad del sector público;

Que, en mérito a lo expuesto, es necesario emitir el acto administrativo correspondiente;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo N° 007-2011-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplificación administrativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el cual estará conformado por:
• El Secretario General o su representante, quien lo presidirá.
• El Viceministro de Justicia o su representante.
• El Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia o su representante.
• El Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
• Un representante de los administrados o de la sociedad civil, el cual será determinado por el Despacho Ministerial.

Artículo 2°.- Conformar el Equipo de Mejora Continua del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, responsable de gestionar el proceso de simplificación administrativa según lo señalado en la Metodología de Simplificación Administrativa aprobada por Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, el cual estará conformado por:
• La Jefa de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quien lo presidirá.
• El Jefe de la Oficina de Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
• El Jefe de la Oficina General de Administración o su representante.
• El Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica o su representante.
• El Jefe de la Oficina General de Tecnologías de Información o su representante.

Artículo 3°.- El Equipo de Mejora Continua realizará las actividades señaladas en la Metodología de Simplificación Administrativa pudiendo incorporar de manera temporal a los responsables del proceso que pueden ser una persona o más de las diferentes áreas de la entidad. Sin perjuicio de ello, todas las dependencias de la entidad deberán brindar al Equipo de Mejora Continua el apoyo que éste requiera para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 4°.- La conformación del Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa y del Equipo de Mejora Continua, así como los documentos e informes que elaboren, serán difundidos al público en general a través del portal institucional (www.minjus.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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