7/20/2013

Resolución Ministerial 217-2013-MINAM Aprueban documento denominado 'Programa de Promoción del Uso de Gas Natural

Aprueban documento denominado 'Programa de Promoción del Uso de Gas Natural Vehicular (GNV) y Paneles Solares en las Instituciones Públicas 2013 - 2015' AMBIENTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 217-2013-MINAM Lima, 19 de julio de 2013 Visto, el Memorándum N° 261-2013-VMGA/MINAM, de fecha 19 de junio de 2013, del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como el Informe N° 0086-2013-DGCA-VMGA/MINAM, de fecha 17 de junio de 2013, de la Dirección General de Calidad Ambiental, el cual contiene el Informe Técnico
Aprueban documento denominado 'Programa de Promoción del Uso de Gas Natural Vehicular (GNV) y Paneles Solares en las Instituciones Públicas 2013 - 2015'

AMBIENTE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 217-2013-MINAM


Lima, 19 de julio de 2013
Visto, el Memorándum N° 261-2013-VMGA/MINAM, de fecha 19 de junio de 2013, del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como el Informe N° 0086-2013-DGCA-VMGA/MINAM, de fecha 17 de junio de 2013, de la Dirección General de Calidad Ambiental, el cual contiene el Informe Técnico N° 0389-2013-DGCA-VMGA/MINAM de 11 de junio de 2013, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2009-MINAM, se aprobaron las Medidas de Ecoeficiencia para el Sector Público, cuya implementación permite mejorar la calidad del servicio público, ahorrar recursos materiales, energía y minimizar la generación de residuos, lo que se traduce en la liberación de recursos económicos que pueden destinarse a los fines primordiales del desarrollo sostenible;

Que, los numerales 4.2.3 y 4.2.4 del artículo 4° del mencionado Decreto Supremo, establecen como medidas de ecoeficiencia en las entidades del Sector Público, la implementación del uso de gas natural en vehículos, maquinaria, calderos, entre otros, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 009-2006-EM, así como la implementación progresiva del uso de energías alternativas ecológicas;

Que, a través del citado Decreto Supremo N° 009-2006-EM, se declaró de interés nacional el uso del gas natural vehicular y se modificó el Reglamento para la Instalación y Operación de Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular (GNV), normativa que se ve complementada por las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 053-2007-EM, Reglamento de la Ley de Promoción del Uso Eficiente de la Energía, determinando que en los departamentos donde se cuente con disponibilidad de Gas Natural Vehicular (GNV), los vehículos del Sector Público deberán ser convertidos para el uso exclusivo o dual con GNV, en función a las necesidades operativas de cada entidad;

Que, asimismo, el segundo párrafo de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, señala que las entidades públicas, a través de sus respectivas oficinas generales de administración y teniendo en cuenta las medidas de ecoeficiencia establecidas en el Decreto Supremo 009-2009-MINAM, deben incorporar en su Plan Operativo Institucional (POI) las actividades relacionadas a la implementación de su Plan de Ecoeficiencia Institucional, siendo que los resultados que se obtengan deben ser reportados a través del aplicativo web implementado por el Ministerio del Ambiente, según las condiciones y términos establecidos por dicha entidad;

Que, en ese sentido, el Gobierno del Perú, a través del Ministerio del Ambiente, ha establecido como Política de Estado, la promoción de la ecoeficiencia como una de las principales estrategias para la transición hacia el desarrollo sostenible;

Que, con ese propósito, se ha visto por conveniente intensificar las acciones para la promoción del uso de gas natural y paneles solares en las instituciones públicas para lo cual se ha formulado el documento denominado
'Programa de Promoción del Uso de Gas Natural Vehicular (GNV) y Paneles Solares en las Instituciones Públicas 2013 - 2015', el mismo que tiene como objetivos específicos masificar el uso del gas natural vehicular en Lima y Callao, y el uso de paneles solares a nivel nacional;

Que, la implementación de este programa permitirá que en el presente año las instituciones públicas de Lima y Callao hayan identificado el número de vehículos factibles de ser convertido a gas natural vehicular; y a nivel nacional, hayan evaluado su consumo de energía en kWh, el gasto que demanda y la factibilidad del uso de paneles solares;

Que, sobre esta base se espera que para el año 2014, un 5% de los vehículos de las entidades públicas en Lima y Callao utilicen gas natural vehicular; y se incremente al 10% para el año 2015; en tanto que en los lugares que sea factible, al menos 2% de las instituciones públicas a nivel nacional usen paneles solares en el año 2014 y se incremente al 5% en el año 2015;

Que, en virtud al Informe Técnico del visto y lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesaria la aprobación del 'Programa de Promoción del Uso de Gas Natural Vehicular (GNV) y Paneles Solares en las Instituciones Públicas 2013 – 2015';

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Secretaría General, la Dirección General de Calidad Ambiental y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo N° 009-2009-MINAM, que aprueba las Medidas de Ecoeficiencia para el Sector Público, y el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el documento denominado
'Programa de Promoción del Uso de Gas Natural Vehicular (GNV) y Paneles Solares en las Instituciones Públicas 2013 - 2015', que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental, el seguimiento y la supervisión del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

La presente resolución y su Anexo serán publicados, asimismo, en el Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente

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