7/27/2013

Resolución Ministerial 296-2013-MEM/DM Aprueban transferencias a título gratuito de bienes que conforman diversos

Aprueban transferencias a título gratuito de bienes que conforman diversos proyectos, a favor de Electronorte SA y de ADINELSA ENERGIA Y MINAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 296-2013-MEM/DM Lima, 25 de julio 2013 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General
Aprueban transferencias a título gratuito de bienes que conforman diversos proyectos, a favor de Electronorte SA y de ADINELSA

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 296-2013-MEM/DM


Lima, 25 de julio 2013
CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo N° 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrificación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008;

Que, en el marco de la Licitación Pública N° LP-0006-2010-MEM/DGER, la Dirección General de Electrificación Rural y de la otra parte el Consorcio Energético suscribieron el 09 de junio de 2010 el Contrato N° 023-2010-MEM/DGER, para la Elaboración del Expediente Técnico y la Ejecución de la obra: 'Electrificación Rural Grupo 7, departamentos de Amazonas, San Martín y Loreto', por un monto ascendente a S/. 18 024 650,87 incluido impuestos y un plazo de ejecución de 360 días calendario. La obra comprendió cuatro (04)
Sistemas Eléctricos Rurales: i) Chachapoyas III Etapa, ii)
Rioja I Etapa, iii) San Francisco de Asís y iv) Mayoruna;

Que, mediante Resolución Directoral N° 373-2012-EM/DGER de fecha 14 de noviembre de 2012, se aprobó la Liquidación Final del Contrato de Obra N° 023-2010-MEM/DGER para la Elaboración del Expediente Técnico y la Ejecución de la obra: 'Electrificación Rural Grupo 7, departamentos de Amazonas, San Martín y Loreto', por un monto ascendente a S/. 21 136 013,48 (Veintiún Millones Ciento Treinta y Seis Mil Trece con 48/100 Nuevos Soles) incluido impuesto, sin IGV – (Ley N° 27037 – Ley de Promoción a Inversión a la Amazonía);

Que, mediante Resolución Directoral N° 185-2013-EM/DGER de fecha 30 de mayo de 2013, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto 'Sistema Eléctrico Rural Chachapoyas III Etapa', ubicado en las provincias de Bongara, Chachapoyas y Luya, departamento de Amazonas, estableciendo un monto ajustado a la fecha de transferencia ascendente a S/. 2 781 968,83 (Dos Millones Setecientos Ochenta y Un Mil Novecientos Sesenta y Ocho con 83/100 Nuevos Soles);

Que, el artículo 5° de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, actualmente Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, es competente en materia de electrificación rural, para lo cual coordina con los gobiernos regionales y locales, empresas concesionarias de distribución eléctrica y electrificación rural y demás entidades y programas del Gobierno Nacional, relacionadas con la ejecución de obras de electrificación rural y su administración, operación y mantenimiento;

Que, el artículo 18° de la Ley 28749 concordante con el artículo 53° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales que haya ejecutado o ejecute, preferentemente las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal y en su caso a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica SA – ADINELSA;

Que, el especialista en Liquidaciones y Transferencias de la Dirección General de Electrificación Rural, mediante Informe N° 072-2013-MEM/DGER/DPR-JER de fecha 07 de junio de 2013, señaló que la transferencia de los bienes financiados por la DGER/MEM, que conforman el proyecto señalado en el considerando precedente, se realizará a título gratuito a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte SA – Electronorte SA, por un monto ajustado a la fecha de transferencia de S/. 2 781 968,83 (Dos Millones Setecientos Ochenta y Un Mil Novecientos Sesenta y Ocho con 83/100 Nuevos Soles) incluido impuestos;

Que, la Jefatura de Energías Renovables, a través del Memorándum N° 155-2013-MEM/DGER/DPR-JER de fecha 07 de junio de 2013, remite a la Jefatura de Administración y Finanzas el expediente de transferencia del proyecto, solicitando que se efectúe la respectiva conciliación contable, emitiéndose posteriormente el Memorándum N° 355-2013-MEM/DGER-JAF de fecha 11 de junio de 2013, el cual indica que se ha efectuado la conciliación contable requerida;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749,
Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM y sus normas modificatorias; Ley N° 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; el Decreto Ley N° 25962, que aprueba la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, y el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias; la Directiva N° 005-2008-EM/DGER, sobre las Normas y Procedimientos para la Transferencia de Proyectos ejecutados por la DGER/MEM;

Con la opinión favorable del Director General de Electrificación Rural y del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto 'Sistema Eléctrico Rural Chachapoyas III Etapa', provincias de Bongara,
Chachapoyas y Luya, departamento de Amazonas, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte SA – Electronorte S.A de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte SA –
Electronorte SA y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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