7/14/2013

Resolución Viceministerial 309-2013-MTC/03 Renuevan autorización otorgada a persona natural mediante R.VM. 528-2002-MTC/15.03,

Renuevan autorización otorgada a persona natural mediante R.VM. N° 528-2002-MTC/15.03, para prestar servicio de radiodifusión sonora en FM en localidad del departamento de Lima TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 309-2013-MTC/03 Lima, 5 de julio del 2013 VISTO, el escrito de registro N° 2012-043917, mediante el cual el señor HUGO LUIS BRAVO DE RUEDA IZQUIERDO, solicita la renovación de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en
Renuevan autorización otorgada a persona natural mediante R.VM. N° 528-2002-MTC/15.03, para prestar servicio de radiodifusión sonora en FM en localidad del departamento de Lima

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 309-2013-MTC/03


Lima, 5 de julio del 2013
VISTO, el escrito de registro N° 2012-043917, mediante el cual el señor HUGO LUIS BRAVO DE RUEDA
IZQUIERDO, solicita la renovación de la autorización otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chilca – San Antonio – Santa Cruz De Flores – Mala
– Asia, departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 528-2002-MTC/15.03 de fecha 23 de julio de 2002, se otorgó al señor JUAN VILLENA PRIETO autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima;

Que, con Resolución Viceministerial N° 608-2011-MTC/03 de fecha 27 de junio 2011, se declaró aprobada al 13 de enero de 2005 la transferencia a favor del señor HUGO LUIS BRAVO DE RUEDA IZQUIERDO, de la autorización que le fuera otorgada al señor JUAN VILLENA PRIETO, mediante Resolución Viceministerial N° 528-2002-MTC/15.03;

Que, mediante el escrito del Visto presentado el 16 de julio de 2012, el señor HUGO LUIS BRAVO DE RUEDA IZQUIERDO solicitó renovación de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 528-2002-MTC/15.03;

Que, conforme al artículo 15° de la Ley de Radio y Televisión – Ley No. 28278, concordado con los artículos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 005-2005-MTC, el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos;

Que, los artículos 69°, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones otorgadas para prestar el servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 68° del citado Reglamento dispone que la solicitud puede presentarse hasta el día de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización otorgada; verificándose en el presente caso, que la solicitud de renovación fue presentada el 16 de julio de 2012, esto es, dentro del plazo establecido;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 251-2004-MTC/03 y modificatorias, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades correspondientes al departamento de Lima, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Chilca – San Antonio – Santa Cruz de Flores
– Mala – Asia, en la que se incluye el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, lugar donde se encuentra ubicada la estación de radiodifusión;

Que, mediante Informe N° 1333-2013-MTC/29.02 del 02 de mayo de 2013, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, da cuenta de la inspección técnica realizada el 26 de abril de 2013 a la estación de radiodifusión autorizada al señor HUGO LUIS BRAVO DE RUEDA IZQUIERDO, señalando que se encuentra prestando el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), conforme a las condiciones esenciales y características técnicas autorizadas, cumpliendo con las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y el objetivo y programación del proyecto de comunicación;

Que, con Informe N° 1304-2013-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que corresponde renovar la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 528-2002-MTC/15.03, al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión
– Ley N° 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Renovar a favor del señor HUGO LUIS BRAVO DE RUEDA IZQUIERDO la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 528-2002-MTC/15.03 para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chilca
– San Antonio – Santa Cruz de Flores – Mala – Asia, departamento de Lima, por el plazo de diez (10) años, el cual vencerá el 30 de octubre de 2022.

Artículo 2°.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, el titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 3°.- El titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC.

Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese,
RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones

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