8/30/2013

Acuerdo de Concejo N° 047 Declaran de interés local la propuesta de cambio específico de zonificación, de

Ate, 25 de julio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Julio del 2013 el Dictamen N° 004-2013-MDA-CDUIP de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad, con lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política, modificada por Ley N° 28607, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Ate, 25 de julio de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ATE;

VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25
de Julio del 2013 el Dictamen N° 004-2013-MDA-CDUIP
de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública; y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad, con lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política, modificada por Ley N° 28607, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Reconociendo su facultad de ejercer Actos de Gobierno y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 41° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, mediante Ordenanza N° 1099-MML, publicada el 12 de diciembre de 2007, se aprobó el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los Distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho – Chosica, que forman parte de las áreas de tratamiento normativo I, II y IV de Lima Metropolitana;

Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 1099-MML, establece un régimen excepcional de cambios específicos de zonificación que promuevan la inversión pública o privada, debidamente sustentados y declarados de interés local por la Municipalidad Distrital correspondiente o de interés metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para lo cual deberan cumplirse los procesos, siendo uno de ellos que mediante Acuerdo de Concejo se declare de interés local la propuesta de Cambio Específico de Zonificación, elevándolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación final;

Que, mediante Documento N° 22842-2013 la señora Patricia Martin S. Gerente de Área Infraestructura del Banco de Crédito del Perú, presenta un estudio arquitectónico que contiene una propuesta urbana para la edificación en altura de un Centro Empresarial, Comercial y Financiero de envergadura metropolitana en un área situada entre las avenidas Separadora Industrial, Huarochirí, La Arboleda y Los Ingenieros del Distrito de Ate, a fin de que sea Declarado como Interes Local para el Distrito de Ate, la propuesta de Cambio Específico de Zonificación de Zona de Industria Liviana – I2 a Zona de Reglamentación Especial – ZRE, del sector comprendido por las avenidas antes mencionadas, a fin de posibilitar la ejecución del proyecto antes descrito, toda vez que el mismo, por las caracterÍsticas de la propuesta, beneficiará al Municipio de Ate y a la ciudad de Lima, ya que se convertirá a la zona en un hito urbano y finaciero que atraerá futuras inversiones al distrito, y en la medida que están prestos a canalizar el concurso de profesionales de renombre internacional para la elaboracioón del proyecto definitivo;

Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, ha remitido el Memorando N° 371-2013-MDA/GDU, luego de haber evaluado técnicamente los requerimientos formulados para el reajuste de la zonificación y los pronunciamientos técnicos de la Subgerencia de Panificación Urbana y Catastro y la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones a través de los Informes N° 493-2013-MDA/GDU-SGPUC y N° 232-2013-MDA/GDU-SGHUE
respectivamente, considera que la propuesta presentada se enmarca dentro de los alcances previstos por el Gobierno Local para la generación de “nuevos centros urbanos” para el Distrito de Ate, los mismos que deben promoverse para el desarrollo integral de la Ciudad, pudiendo ser declarada de interés local debido a la generación de desarrollo urbano por la ejecución de nuevos equipamientos de servicio e infraestructura pública de beneficio para la comunidad del sector; ampliación de la base tributaria para el mejoramiento de los servicios públicos que presta la Municipalidad; generación de empleo durante la ejecución de las obras de infraestructura urbana y edificación; confort y calidad de vida para nuevos vecinos con un impacto positivo para las zonas colindantes, así como apoyo en proyectos de infraestructura y mejoras de los existentes en favor de las Organizaciones Sociales y su comunidad; indicando además, que debido al proceso dinámico del crecimiento urbano y desarrollo inmobiliario en el distrito, se han formulado nuevos requerimientos y modificaciones de zonificación que son compatibles con los futuros Planes de Desarrollo Urbano del Distrito; no obstante ello corresponderá al administrado cumplir los requerimientos técnicos, normativos y administrativos para su presentación ante la Municipalidad Metropolitana de Lima como entidad competente en los temas de cambio de zonificación;

Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano coincide en establecer como Zona de Reglamentación Especial – ZRE, el área localizada entre las Avenidas Separadora Industrial, Huarochirí, La Arboleda y Los Ingenieros, Distrito de Ate, destinada a la construcción de un proyecto urbano arquitectónico de uso diverso, proponiendo respetar los parámetros urbanos y edificatorios indicados en el Memorando N° 371-2013-MDA/GDU;

Que, mediante Informe N° 584-2013-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera que es procedente que se declare de Interés Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificación de Zona de Industria Liviana – I2 a Zona de Reglamentación Especial – ZRE, para el sector comprendido entre las avenidas Separadora Industrial, Huarochirí, La Arboleda y Los Ingenieros del Distrito de Ate, el mismo que deberá ser aprobado por Acuerdo del Concejo Municipal de Ate y posteriormente ser remitido a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente conforme a su competencia;

Que, mediante Dictamen N° 004-2013-MDA-CDUIP , la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública, recomienda aprobar el Acuerdo de Concejo que Declara de Interés Local la propuesta de Cambio Específico de Zonificación de Zona de Industria Liviana – I2 a Zona de Reglamentación Especial – ZRE, del sector comprendido por las avenidas Separadora Industrial, Huarochirí, La Arboleda y Los Ingenieros del Distrito de Ate, el Anexo N°01 y el Plano adjunto que forma parte integrante del presente Acuerdo, por cuanto, dicho Cambio Específico promoverá la inversión pública y privada en el Distrito de Ate; generando además oportunidades de fuentes de trabajo para la población;

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y contando con el Voto por unanimidad de los señores Regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas;

ACUERDA:

Artículo 1°.- Declarar de Interés Local la propuesta de Cambio Específico de Zonificación, de Zona de Industria Liviana – I2 a Zona de Reglamentación Especial – ZRE, cuyos Parámetros Normativos se proponen en el Anexo N° 01 del presente Acuerdo, para el Sector comprendido entre las Avenidas Separadora Industrial, Huarochirí, La Arboleda y Los Ingenieros del Distrito de Ate, contenida en el Plano adjunto, el mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo de Concejo, en mérito a los considerandos antes expuestos.

Artículo 2°.- DISPONER; la transcripción y publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, y poner en conocimiento del mismo a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro, para los fines convenientes.

Artículo 3°.- DISPONER; que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se remitan los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la continuación del trámite correspondiente en concordancia con lo establecido en la normatividad vigente.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde

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