8/10/2013

Decreto Supremo 033-2013-RE Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de

Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores RELACIONES EXTERIORES DECRETO SUPREMO N° 033-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los artículos 37 y 38 de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establecen la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública, el aprobar y publicar sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos Administrativos-TUPA; Que, mediante
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores

RELACIONES EXTERIORES
DECRETO SUPREMO N° 033-2013-RE


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, los artículos 37 y 38 de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establecen la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública, el aprobar y publicar sus correspondientes Textos
Únicos de Procedimientos Administrativos-TUPA;

Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y se establecieron las disposiciones para el cumplimiento de la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo;

Que, por Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, se aprueba el formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, y se establecen disposiciones para la elaboración del referido documento de gestión por parte de las Entidades Públicas;

Que, con Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se aprueba la Metodología de Simplificación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad;

Que, por Decreto Supremo N° 032-2006-RE, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores; modificado por la Resolución Ministerial N° 1264/RE del 29 de octubre de 2007 y por Resolución Ministerial N° 0068/RE-2010 del 28 de enero de 2010, se aprobó el TUPA bajo el nuevo formato establecido;

Que, es necesario aprobar el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, estableciendo entre otros los procedimientos y servicios exclusivos que permitan garantizar una mejor atención al público usuario;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el artículo 38 de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación de denominación, requisitos y derechos de pago de procedimientos administrativos y servicios exclusivos del Ministerio de Relaciones Exteriores Apruébese, la denominación, requisitos y derecho de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, que forman parte del Anexo N°1 del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Aprobación del TUPA Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA del Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual contiene los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad por la entidad que como Anexo N° 1 forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Oficial El Peruano. El Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por el Artículo 2 del presente Decreto Supremo, será publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano. gob.pe), y en el Portal Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.rree.gob.pe), de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 29091, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM.

Artículo 4.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo N° 032-2006-RE que aprobó el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores y demás disposiciones modificatorias.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores

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