8/08/2013

Resolución 1026-2013-ANR Declaran que la Universidad Inca Garcilaso de la Vega ha cumplido con la

Declaran que la Universidad Inca Garcilaso de la Vega ha cumplido con la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos de pregrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES RESOLUCIÓN N° 1026-2013-ANR Lima, 5 de julio de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Las cartas N° 2518-SG-RUIGV-2009, de fecha 22 de octubre de 2009, N° 1136, 1232, 1233, 1235, 1236, 1237, 1238, 1239, 1261,
Declaran que la Universidad Inca Garcilaso de la Vega ha cumplido con la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos de pregrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
RESOLUCIÓN N° 1026-2013-ANR


Lima, 5 de julio de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:

Las cartas N° 2518-SG-RUIGV-2009, de fecha 22 de octubre de 2009, N° 1136, 1232, 1233, 1235, 1236, 1237,
1238, 1239, 1261, 1289 y 1290-2012-SG-RUIGV, de fechas 20 de setiembre y 05, 10 y 15 de octubre de 2012,
N° 0233-2013-SG-RUIGV, de fecha 14 de febrero de 2013, oficio N° 535-2012-RUIGV, de fecha 26 de octubre de 2012, informe N° 055-2013-DGDAC, de fecha 27 de marzo de 2013 y memorando N° 0645-2013-SE, de fecha 12 de junio de 2013: y,
CONSIDERANDO:

Que, en el artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, se establecen las atribuciones específicas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, entre otras la de coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; así como también la de concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio de derecho privativo de cada Universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios, instituido en los incisos e) y f);

Que, con Resolución N° 078-2007-CONAFU, de fecha 09 de marzo de 2007, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), autorizó el funcionamiento de la Filial Universitaria en la ciudad de Chincha, Departamento de Ica, de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, con las siguientes Carreras profesionales: 1) Administración, 2)
Ciencias de la Comunicación, 3) Contabilidad, 4) Derecho y Ciencias Políticas, 5) Psicología, 6) Economía, y 7)
Educación, dentro del marco que establece las Leyes N° 23733, N° 28564, y N° 28740;

Que, la Asamblea Nacional de Rectores expidió la Resolución N° 0362-2010-ANR, de fecha 20 de abril de 2010, en la cual se precisa que la nueva nomenclatura de las carreras profesionales de la Filial Universitaria de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega en ciudad de Chincha, Departamento de Ica, es como sigue: Ciencias Administrativas, Ciencias de la Comunicación, Ciencias Contables y Financieras Corporativas, Derecho y Ciencias Políticas, Psicología, Ciencias Económicas, y Educación;

Que, mediante las cartas de Vistos, el Rector de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, solicita a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y oficialización de los programas académicos de pregrado que se han creado en la sede central de su representada, así como, para su filial universitaria de la ciudad de Chincha, asimismo, del cambio de denominación de dos facultades, adjuntando para tal efecto los planes curriculares y actos resolutivos correspondientes:

I. CREACIÓN DE PROGRAMAS ACADÉMICO DE
PREGRADO:
1. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, con la siguiente escuela:
- Escuela de Ciencias Políticas, creada por Resolución de Asamblea Universitaria N° 488-2002-RUIGV, de fecha 26 de agosto de 2002, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima.
2. Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales, con las siguientes carreras profesionales:
- Carreras Profesionales de: Negocios Internacionales,
Comercio Exterior y Marketing Internacional, Logística Internacional, Gestión de Puertos y Aduanas, y Relaciones Internacionales y Negociaciones, creadas por Resolución de Consejo Universitario N° 0415-2008-CU-UIGV, de fecha 22 de mayo de 2008, y ratificadas por Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2008-AU-UIGV, de fecha 12 de julio de 2008, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima; asimismo, por Resolución de Consejo Universitario N° 520-2009-CU-UIGV, de fecha 26 de junio de 2009, se aprueba la implementación de las citadas carreras profesionales en su filial universitaria de la ciudad de Chincha, acuerdo que fue ratificado con Resolución de Asamblea Universitaria N° 008-2009-AU-UIGV, de fecha 11 de julio de 2009.
3. Facultad de Ingeniería Administrativa e Ingeniería Industrial, con las siguientes carreras profesionales:
- Carreras Profesionales de Ingeniería Administrativa,
Ingeniería Industrial e Ingeniería Agroindustrial, las dos primeras carreras profesionales fueron creadas por Resolución de Asamblea Universitaria N° 135-2002-RUIGV , de fecha 26 de marzo de 2002, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima, asimismo, mediante Resolución de Consejo Universitario N° 435-2009-CU-UIGV, de fecha 11 de julio de 2009, en vía de regularización se aprueba la implementación de la Carrera Profesional de Ingeniería Industrial en su filial universitaria de la ciudad de Chincha, acuerdo que fue ratificado por Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2009-AU-UIGV, de fecha 11 de julio de 2009. La tercera carrera profesional fue creada por Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2012-AU-UIGV, de fecha 07 de julio de 2012, con funcionamiento en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
4. Facultad de Ingeniería de Sistemas, Cómputo y Telecomunicaciones, con las siguientes carreras profesionales:
- Carreras Profesionales de Ingeniería de Sistemas y Cómputo, e Ingeniería de Telecomunicaciones, creadas por Resolución N° 293-A-90-RUIGV, de fecha 18 de noviembre de 1990, y Resolución de Asamblea Universitaria N° 450-2003-RUIGV, de fecha 26 de agosto de 2003, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima; asimismo, por Resolución de Consejo Universitario N° 230-2010-CU-UIGV, de fecha 09 de marzo de 2010, se aprueba la implementación de la Carrera Profesional de Ingeniería de Sistemas de Cómputo en su filial universitaria de la ciudad de Chincha, acuerdo que fue ratificado por Resolución de Asamblea Universitaria N° 003-2010-AU-UIGV, de fecha 10 de julio de 2010.
5. Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímica, con la siguiente carrera profesional:
- Carrera Profesional de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímica, creada por Resolución N° 293-A-90-RUIGV, de fecha 18 de noviembre de 1990, con la denominación de Carrera Profesional de Farmacia y Bioquímica con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima; y por Resolución N° 125-97-RUIGV, de fecha 08 de abril de 1997, se aprueba el cambio de denominación de la citada carrera profesional por el nombre actual. Asimismo, por Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2009-AU-UIGV, de fecha 11 de julio de 2009, se implementa su funcionamiento en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
6. Facultad de Enfermería, con la siguiente carrera profesional:
- Carrera Profesional de Enfermería, creada por Resolución N° 293-A-90-RUIGV, de fecha 18 de noviembre de 1990, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima, y por Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2009-AU-UIGV, de fecha 11 de julio de 2009, se ratifica la Resolución de Consejo Universitario N° 435-2009-CU-UIGV, de fecha 11 de julio de 2009, que aprobó implementar el funcionamiento de la citada carrera profesional en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
7. Facultad de Estomatología, con la siguiente carrera profesional:
- Carrera Profesional de Estomatología, creada por Resolución N° 293-A-90-RUIGV, de fecha 18 de noviembre de 1990, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima, y por Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2009-AU-UIGV, de fecha 11 de julio de 2009, se ratifica la Resolución de Consejo Universitario N° 435-2009-CU-UIGV, de fecha 11 de julio de 2009, que aprobó implementar el funcionamiento de la citada carrera profesional en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
8. Facultad de Psicología y Trabajo Social, con las siguientes carreras profesionales:
- Carreras Profesionales de: Psicología, y Trabajo Social, por Resoluciones de Consejo Universitario N° 052-2010-CU-UIGV, de fecha 12 de enero de 2010, se aprueba su plan curricular, y N° 631-2010-CU-UIGV, de fecha 16 de julio de 2010, se aprueba la nueva currícula de estudios, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima.

II. CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE FACULTAD
Facultad de Psicología y Ciencias Sociales por la de 'Facultad de Psicología y Trabajo Social', aprobado por Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2010-AU-UIGV, de fecha 10 de julio de 2010.

Facultad de Farmacia y Bioquímica por la de 'Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímica', aprobado por Resolución N° 125-97-RUIGV, de fecha 08 de abril de 1997;

Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la citada universidad cumple con las disposiciones establecidas en los artículos 23° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos de pregrado en su sede central y filial universitaria de la ciudad de Chincha, así como en el cambio de denominación de sus facultades; por lo que es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante el memorando de vistos, la Secretaría Ejecutiva dispone emitir una resolución en la cual se declare que la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con la normativa descrita en el considerando precedente, respecto a la creación de programas académicos de pregrado para su funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima y filial universitaria de la ciudad de Chincha, así como en el cambio de denominación de sus facultades;

Estando a la autorización por la Alta Dirección, y;

De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar, en vía de regularización, que la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, con sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de programas académicos de pregrado para su sede central de la ciudad de Lima y filial universitaria de la ciudad de Chincha; quedando en consecuencia aprobados para su implementación:
1. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, con la siguiente escuela:
- Escuela de Ciencias Políticas, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima.
2. Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales, con las siguientes carreras profesionales:
- Carrera Profesional de Negocios Internacionales
- Carrera Profesional de Comercio Exterior y Marketing Internacional
- Carrera Profesional de Logística Internacional
- Carrera Profesional de Gestión de Puertos y Aduanas
- Carrera Profesional de Relaciones Internacionales y Negociaciones.

Con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima, y en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
3. Facultad de Ingeniería Administrativa e Ingeniería Industrial, con las siguientes carreras profesionales:
- Carrera Profesional de Ingeniería Administrativa, con sede de funcionamiento su sede central de la ciudad de Lima.
- Carrera Profesional de Ingeniería Industrial, con funcionamiento en su sede central de Lima, y en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
- Carrera Profesional de Ingeniería Agroindustrial, con funcionamiento en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
4. Facultad de Ingeniería de Sistemas, Cómputo y Telecomunicaciones, con las siguientes carreras profesionales:
- Carrera Profesional de Ingeniería de Sistemas y Cómputo, con funcionamiento en su sede central de Lima, y en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
- Carrera Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, con funcionamiento en su sede central de Lima.
5. Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímica, con la siguiente carrera profesional:
- Carrera Profesional de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímica, con funcionamiento en su sede central de Lima, y en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
6. Facultad de Enfermería, con la siguiente carrera profesional:
- Carrera Profesional de Enfermería, con funcionamiento en su sede central de Lima, y en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
7. Facultad de Estomatología, con la siguiente carrera profesional:
- Carrera Profesional de Estomatología, con funcionamiento en su sede central de Lima, y en su filial universitaria de la ciudad de Chincha.
8. Facultad de Psicología y Trabajo Social, con las siguientes carreras profesionales:
- Carrera Profesional de Psicología
- Carrera Profesional de Trabajo Social.

Con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Lima.

Artículo 2°.- Autorizar el cambio de denominación de la Facultad de Psicología y Ciencias Sociales por la de 'Facultad de Psicología y Trabajo Social'; y la Facultad de Farmacia y Bioquímica por la de 'Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímica' en vista de que la citada casa superior de estudios ha cumplido con la normativa prevista en artículo 1° de la presente resolución.

Artículo 3°.- Regístrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, lo resuelto en los artículos precedentes, asimismo, dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.

Artículo 4°.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la Institución.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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