8/08/2013

Resolución 1032-2013-ANR Disponen registrar diversos programas académicos de pre y posgrado presentados

Disponen registrar diversos programas académicos de pre y posgrado presentados por la Pontificia Universidad Católica del Perú COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES RESOLUCIÓN N° 1032-2013-ANR Lima, 5 de julio de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Las cartas Nros. 067, 723, 724, 725, 726, 727, 728 y 729/2012-S, de fechas 25 de enero y 18 de abril de 2012, Nros. 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257
Disponen registrar diversos programas académicos de pre y posgrado presentados por la Pontificia Universidad Católica del Perú COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
RESOLUCIÓN N° 1032-2013-ANR


Lima, 5 de julio de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:

Las cartas Nros. 067, 723, 724, 725, 726, 727, 728 y 729/2012-S, de fechas 25 de enero y 18 de abril de 2012,
Nros. 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256,
257 y 258/2013-S, de fecha 27 de febrero de abril de 2013, informe N° 86-2013-DGDAC, de fecha 17 de mayo de 2013, memorando N° 587-2013-SE, de fecha 27 de mayo de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de las atribuciones específicas establecidas en los incisos e) y f) del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores y asimismo es atribución de ésta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios;

Que, por Resolución N° 824-72-CONUP, de fecha 10 de marzo de 1972, el Consejo Nacional de la Universidad Peruana aprobó el funcionamiento del Programa Académico de Perfeccionamiento conducente a los grados de Magister y de Doctor, presentado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, a partir del 1° de enero de 1972;

Que, por Resolución N° 725-2009-ANR, de fecha 22 de junio de 2009, la Asamblea Nacional de Rectores, declara que la Pontificia Universidad Católica del Perú, con sus respectivas Unidades Académicas, especialidades y menciones, Segunda Especialidad; así como las Maestrías y Doctorados en su Escuela de Posgrado, cumplen con lo previsto en el inciso e) del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733;

Que, por Resolución N° 0277-2012-ANR, de fecha 16 de marzo de 2012, la Asamblea Nacional de Rectores, emitió pronunciamiento favorable sobre la creación y funcionamiento del Bachillerato y Licenciatura en Humanidades de la citada universidad, al haber cumplido con las disposiciones establecidas en la Ley Universitaria N° 23733;

Que, en cumplimiento de la normativa descrita en el primer considerando precedente, el Secretario General de la Pontificia Universidad Católica del Perú cursa las cartas de vistos, en las que remite la documentación correspondiente a la creación de menciones y especialidades en programas académicos de pregrado, así como de maestrías y doctorados en su Escuela de Posgrado, siendo estos los que a continuación se indican:
1. Creación de menciones en el Bachillerato y Licenciatura en Humanidades:
- Estudios Latinoamericanos
- Estudios Peruanos
- Estudios Teóricos y Críticos
- Lenguaje y Cultura Por Resolución N° 125/2013, de fecha 22 de febrero de 2013, se autoriza la remisión del expediente de creación de las menciones descritas en el numeral precedente a la ANR.
2. Creación de especialidades en la Facultad de Artes Escénicas:
- Danza
- Teatro
- Música Estas las especialidades mencionadas fueron presentadas a la Asamblea Nacional de Rectores, en cumplimiento de la Resolución Rectoral N°124-2013, de fecha 22 de febrero de 2013.
3. Maestría en Sociología, por disposición de la Resolución Rectoral N° 134-2013, de fecha 22 de febrero de 2013, se autoriza la remisión del expediente de creación del citado programa académico a la ANR.
4. Maestría en Política y Gestión Universitaria, la cual fue presentada a la Asamblea Nacional de Rectores, en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Rectoral N° 136-2013, de fecha 22 de febrero de 2013.
5. Maestría en Energía, que por Resolución Rectoral N° 135-2013, de fecha 22 de febrero de 2013, se dispone elevar a la ANR el expediente de creación del mencionado programa académico.
6. Maestría en Educación, que por disposición de la Resolución Rectoral N° 130-2013, de fecha 22 de febrero de 2013, se autoriza la remisión del expediente de creación de la misma a la ANR.
7. Maestría en Gerencia Social con mención en Gerencia del Desarrollo Económico Local, proyecto de creación que fue elevado a la ANR por disposición de la Resolución Rectoral N° 133-2013, de fecha 22 de febrero de 2013.
8. Maestría en Fonoaudiología con menciones en Trastornos de Lenguaje en Niños y Adolescentes, y en Motricidad Orofacial, Voz y T artamudez, la cual fue elevada a la ANR por disposición de la Resolución Rectoral N° 131-2013, de fecha 22 de febrero de 2013.
9. Maestría en Comunicación en Salud, la cual se eleva a la ANR por disposición de la Resolución Rectoral N° 126-2013, de fecha 22 de febrero de 2013.
10. Maestría en Ciencia Política y Gobierno, elevada a la ANR por disposición de la Resolución Rectoral N° 127-2013, de fecha 22 de febrero de 2013.
11. Maestría en Economía, elevada a la ANR por disposición de la Resolución Rectoral N° 129-2013, de fecha 22 de febrero de 2013.
12. Maestría en Gerencia Social, elevada a la ANR
por disposición de la Resolución Rectoral N° 132-2013, de fecha 22 de febrero de 2013.
13. Maestría en Gestión Pública de Recursos Hídricos, elevada a la ANR por autorización de la Resolución Rectoral N° 240-2012, de fecha 03 de abril de 2012.
14. Maestría en Dirección de Operaciones Productivas, elevada a la ANR por autorización de la Resolución Rectoral N° 236-2012, de fecha 03 de abril de 2012.
15. Maestría en Estudios de Género, elevada a la ANR
por autorización contenida en la Resolución Rectoral N° 238-2012, de fecha 03 de abril de 2012.
16. Maestría en Contabilidad, elevada a la ANR por autorización contenida en la Resolución Rectoral N° 237-2012, de fecha 03 de abril de 2012.
17. Maestría en Logística, elevada a la ANR por autorización contenida en la Resolución Rectoral N° 239-2012, de fecha 03 de abril de 2012.
18. Maestría en Integración e Innovación Educativa de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), elevada a la ANR por autorización contenida en la Resolución Rectoral N° 242-2012, de fecha 03 de abril de 2012.
19. Doctorados en:
- Doctorado en Arqueología con mención en Estudios Andinos,
- Doctorado en Historia con mención en Estudios Andinos, y - Doctorado en Lingüística con mención en Estudios Andinos.

Expediente que fue elevado a la ANR por autorización de la Resolución Rectoral N° 011/2012, de fecha 19 de enero de 2012.
20. Doctorado en Ingeniería, expediente que fue elevado a la ANR por autorización contenida en la Resolución Rectoral N° 241/2012, de fecha 3 de abril de 2012.

Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emitió el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la mencionada universidad cumple con las disposiciones establecidas en los artículos 23°, 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de pre y posgrado citados en el considerando precedente; por lo que es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente, en el cual se resuelva registrar los invocados programas académicos;

Que, mediante el memorando N° 587-2013-SE, la Secretaría Ejecutiva dispone emitir una resolución de acuerdo con lo informado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos de pre y posgrado propuestos por la Pontificia Universidad Católica del Perú;

Estando a la autorización de la Alta Dirección, y;

De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Registrar los programas académicos de pre y posgrado presentados por la Pontificia Universidad Católica del Perú, como se detalla a continuación:
1. Bachillerato y Licenciatura en Humanidades:
- Mención en Estudios Latinoamericanos
- Mención en Estudios Peruanos
- Mención en Estudios Teóricos y Críticos
- Mención en Lenguaje y Cultura 2. Facultad de Artes Escénicas:
- Especialidad de Danza
- Especialidad de Teatro
- Especialidad de Música 3. Maestría en Sociología 4. Maestría en Política y Gestión Universitaria 5. Maestría en Energía 6. Maestría en Educación 7. Maestría en Gerencia Social con mención en Gerencia del Desarrollo Económico Local 8. Maestría en Fonoaudiología con menciones en:
- Trastornos de Lenguaje en Niños y Adolescentes
- Motricidad Orofacial, Voz y Tartamudez 9. Maestría en Comunicación en Salud 10. Maestría en Ciencia Política y Gobierno 11. Maestría en Economía 12. Maestría en Gerencia Social 13. Maestría en Gestión Pública de Recursos Hídricos 14. Maestría en Dirección de Operaciones Productivas 15. Maestría en Estudios de Género 16. Maestría en Contabilidad 17. Maestría en Logística 18. Maestría en Integración e Innovación Educativa de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC)
19. Doctorado en Arqueología con mención en Estudios Andinos 20. Doctorado en Historia con mención en Estudios Andinos 21. Doctorado en Lingüística con mención en Estudios Andinos 22. Doctorado en Ingeniería Artículo 2°.- Dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.

Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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