8/08/2013

Resolución 1051-2013-ANR Declaran que la Universidad Señor de Sipán ha cumplido con la Ley Universitaria

Declaran que la Universidad Señor de Sipán ha cumplido con la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de segunda especialidad y segunda titulación en la Escuela Académico Profesional de Psicología COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES RESOLUCIÓN N° 1051-2013-ANR Lima, 15 de julio de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nros. 060, 257, 344-12/R-USS, de fechas 23 de febrero, 07 de setiembre y
Declaran que la Universidad Señor de Sipán ha cumplido con la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de segunda especialidad y segunda titulación en la Escuela Académico Profesional de Psicología COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
RESOLUCIÓN N° 1051-2013-ANR


Lima, 15 de julio de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:

Los oficios Nros. 060, 257, 344-12/R-USS, de fechas 23 de febrero, 07 de setiembre y 26 de octubre de 2012,
N° 026-13/R-USS, de fecha 06 de febrero de 2013, informe N° 090-2013-DGDAC, de fecha 22 de mayo de 2013; memorando N° 588-2013-SE, de fecha 27 de mayo de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de las atribuciones específicas establecidas en los incisos e) y f) del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores y asimismo es atribución de ésta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unificación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios;

Que, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) mediante Resolución N° 575-99-CONAFU, de fecha 05 de julio de 1999, autorizó el funcionamiento provisional de la Universidad Privada Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque, con las carreras profesionales de: Administración, Contabilidad,
Derecho, Ingeniería de Sistemas, y Psicología; por Resolución N° 180-2004-CONAFU, de fecha 10 de setiembre de 2004, autoriza en la citada casa superior de estudios las Facultades de: Ingeniería con la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas; Humanidades con la Escuela Profesional de Psicología; Ciencias Contables y Administrativas con las Escuelas Académico Profesionales de Administración, y Contabilidad y Finanzas; Derecho con la Escuela Académicos Profesional de Derecho; y con Resolución N° 104-2005-CONAFU, de fecha 29 de marzo de 2005, otorgó autorización definitiva de funcionamiento a la citada casa superior de estudios;

Que, mediante los oficios de vistos, el Rector de la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, solicita a la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y oficialización de la Segunda Especialidad en Gimnasia Cerebral, y Segunda Titulación en Toque para la Salud de la Escuela Académico Profesional de Psicología de la Facultad de Humanidades, anexando para tal efecto la Resolución de Directorio N° 0193-A-2011/USS, de fecha 23 de marzo de 2011, y Resolución Rectoral N° 037-B-2012/USS, de fecha 22 de febrero de 2012, así como los planes curriculares correspondientes;

Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque, ha sido elaborada respetando las disposiciones establecidas en los artículos 23° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733; por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante memorando N° 588-2013-SE, el Secretario Ejecutivo dispone emitir una resolución por la cual se declare que la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque, al haber cumplido con las disposiciones que establece la Ley N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los programas académicos citados en el tercer considerando de la presente resolución;

Estando a la autorización de la Alta Dirección, y;

De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar que la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, respecto a la creación y funcionamiento de la Segunda Especialidad en Gimnasia Cerebral, y la Segunda Titulación en Toque para la Salud de la Escuela Académico Profesional de Piscología de la Facultad de Humanidades; quedando en consecuencia aprobadas para su implementación.

Artículo 2°.- Regístrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, lo resuelto en los artículos precedentes, y dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.

Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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