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Resolución Administrativa 160-2013-CE-PJ Prorrogan funcionamiento de la Sala Penal Transitoria - Independencia y
8/17/2013
Resolución Administrativa 160-2013-CE-PJ Prorrogan funcionamiento de la Sala Penal Transitoria - Independencia y
Prorrogan funcionamiento de la Sala Penal Transitoria - Independencia y Juzgado Mixto Transitorio - San Martín de Porres, Corte Superior de Justicia de Lima Norte CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 160-2013-CE-PJ Lima, 7 de agosto de 2013 VISTOS: El Oficio N° 312-2013-P-CNDP-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, y el Informe N° 036-2013-GO-CNDP-CE/PJ, elaborado por el Gerencia Operacional de la mencionada Comisión. CONSIDERANDO: Primero.
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 160-2013-CE-PJ
Lima, 7 de agosto de 2013
VISTOS:
El Oficio N° 312-2013-P-CNDP-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, y el Informe N° 036-2013-GO-CNDP-CE/PJ, elaborado por el Gerencia Operacional de la mencionada Comisión.
CONSIDERANDO:
Primero. Que por Resolución Administrativa N° 140-2013-CE-PJ, de fecha 1 de agosto de 2013, se prorrogó el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales de descarga procesal hasta el 31 de agosto y 30 de setiembre del año en curso, disponiendo además que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal cumplan con monitorear el funcionamiento y producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, así como emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios.
Segundo. Que, al respecto, se propone la prórroga de funcionamiento de la Sala Penal Transitoria de Independencia y del Juzgado Mixto Transitorio de San Martín de Porres, ambos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en mérito al acuerdo adoptado por la referida Comisión Nacional.
Tercero. Que del Informe N° 036-2013-GO-CNDP-CE/PJ, elaborado por el Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga, se advierte que la Sala Penal Transitoria de Independencia y el Juzgado Mixto de Transitorio de San Martín de Porras presentan una adecuada resolución de expedientes principales, contribuyendo a la descarga procesal del Distrito Judicial de Lima Norte, adecuándose a la producción de los estándares establecidos por la Resolución administrativa N° 245-2012-CE-PJ.
Cuarto. Que la Comisión Nacional de Descarga Procesal ha consolidado la solicitud de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y ha realizado la evaluación de las propuestas en base a la información estadística registrada y disponible en los Sistemas Informáticos del Poder Judicial a la fecha; así como, en base a los datos del Inventario Nacional, estableciendo así la capacidad operativa de la Corte Superior en la administración de órganos jurisdiccionales y la capacidad de optimización de recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 564-2013 de la trigésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez,
Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzáles,
Palacios Dextre y Chaparro Guerra; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Por unanimidad.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar, hasta el 30 de setiembre del año en curso, el funcionamiento de la Sala Penal Transitoria - Independencia, y Juzgado Mixto Transitorio
- San Martín de Porras, ambos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
Artículo Segundo.- Disponer que cada fin de mes, sin perjuicio de la información que debe descargarse en los sistemas informáticos de la institución, los jueces informarán directamente al Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal sobre los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen fin al proceso y sentencias expedidas; b) Número de expedientes en trámite, pendientes de resolución final; c) Número de expedientes en ejecución; y, d) Dificultades presentadas en el ejercicio de sus funciones.
Artículo Tercero.- Establecer que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal velarán por el estricto cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en el marco de las disposiciones dictadas por la Comisión Nacional de Descarga Procesal, dando cuenta de los resultados a fin de determinar la continuidad de los órganos transitorios o disponer su reubicación a sedes de mayor congestión y oportunidad de descarga procesal efectiva. Coordinarán sobre el particular con la Comisión Nacional de Descarga Procesal y su Gerencia Operacional.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Comisión Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Lima Norte, Comisión Nacional de Descarga Procesal, así como a los Presidentes de los Equipos Técnicos de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal de Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
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