8/23/2013

Resolución de Alcaldía 205 Delegan al Gerente Municipal la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias

Delegan al Gerente Municipal la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático en materia presupuestal VIVIENDA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 205 San Isidro, 20 de agosto de 2013 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, el artículo 7°, numeral 7.1, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, prescribe que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad
Delegan al Gerente Municipal la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático en materia presupuestal

VIVIENDA
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 205


San Isidro, 20 de agosto de 2013
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 7°, numeral 7.1, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, prescribe que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y que dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el titular responsable solidario con el delegado;

Que, el artículo 40°, numerales 40.1 y 40.2, del citado TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática, y que dichas modificaciones son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, así como, que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el numeral 20 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que es atribución del Alcalde delegar sus funciones administrativas en el Gerente Municipal;

Que, en concordancia con las disposiciones citadas, resulta necesario delegar en el Gerente Municipal la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, al amparo de lo dispuesto en los artículos 7°, numeral 7.1, y 40°, numeral 40.2, del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Delegar en el Gerente Municipal, señor Diethell Columbus Murata, para el segundo semestre del ejercicio fiscal 2013, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que compete al despacho de Alcaldía en materia presupuestal, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40° del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, según corresponda, el cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y su notificación a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo.

Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 159 de fecha 11 de julio de 2013.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RAUL A. CANTELLA SALAVERRY
Alcalde

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