8/12/2013

Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento 23-GCAS-ESSALUD-2013 Establecen disposiciones para el procedimiento de cambio de adscripción

Establecen disposiciones para el procedimiento de cambio de adscripción permanente TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE ASEGURAMIENTO N° 23-GCAS-ESSALUD-2013 Lima, 7 de agosto de 2013 La Resolución Jefatural N° 242-2013/JNAC/RENIEC de fecha 25 de julio de 2013 emitida por el RENIEC, mediante la cual dispone el cierre del padrón electoral a partir del 27 de julio de 2013, a efectos del desarrollo de las nuevas elecciones municipales para la Municipalidad Metropolitana de
Establecen disposiciones para el procedimiento de cambio de adscripción permanente

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE ASEGURAMIENTO N° 23-GCAS-ESSALUD-2013


Lima, 7 de agosto de 2013
La Resolución Jefatural N° 242-2013/JNAC/RENIEC de fecha 25 de julio de 2013 emitida por el RENIEC, mediante la cual dispone el cierre del padrón electoral a partir del 27 de julio de 2013, a efectos del desarrollo de las nuevas elecciones municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima, a llevarse a cabo el día 24 de noviembre de 2013, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 013-GCSEG-GDA-ESSALUD-2005, se dispuso, entre otros, que los afiliados regulares, agrarios y asegurados potestativos, puedan realizar el cambio de adscripción permanente, de acuerdo al domicilio consignado en el Documento Nacional de Identidad - DNI;

Que, mediante Resolución N° 398-2013-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 07 de mayo de 2013, el Jurado Nacional de Elecciones en el artículo 1° de la misma, dio por concluido el proceso de Consulta Popular de Revocatoria del mandato de Autoridades Municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de los distritos de Ate y Pucusana, asimismo en el artículo 2° declaró que se revocaron a más de un tercio de las autoridades del Concejo Municipal de la Municipalidad Metropolitana de Lima y en el artículo 5° solicitó al Poder Ejecutivo la convocatoria a nuevas elecciones municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2013-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de mayo de 2013, el Poder Ejecutivo convoca a nuevas elecciones municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima el día 24 de noviembre de 2013, con la finalidad de elegir a las veintidós (22) autoridades del Concejo Municipal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fin de completar el período de Gobierno Municipal 2011-2014;

Que, en atención a lo dispuesto en los párrafos precedentes, el RENIEC emitió la Resolución Jefatural N° 242-2013/JNAC/RENIEC de fecha 25 de julio de 2013, en la que dispuso el cierre del padrón electoral con fecha 27 de julio de 2013, para el desarrollo de las nuevas elecciones municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima, a llevarse a cabo el día 24 de noviembre de 2013;

Que, considerando que el padrón electoral se encuentra cerrado hasta que concluya el Proceso de nuevas elecciones municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima para la elección de veintidós (22) autoridades municipales del Concejo Municipal de Lima programada para el día 24 de noviembre de 2013, es necesario que EsSalud adopte acciones respecto al procedimiento relacionado al cambio de adscripción permanente de los asegurados durante dicho periodo;

Que, en tal sentido se ha dispuesto, que en forma excepcional durante el periodo de cierre del padrón electoral dispuesto por el RENIEC, el cambio de adscripción permanente ante EsSalud sea tramitado con la presentación de un recibo de agua, luz, teléfono o contrato de alquiler del lugar de destino del solicitante, sólo en Lima Metropolitana;

Que, considerando que el padrón electoral será reabierto luego del desarrollo de Elecciones Municipales,
EsSalud autorizará los cambios de adscripción permanente hasta dicha fecha, luego de lo cual, de oficio, procederá a actualizar el domicilio de acuerdo a la información reportada por el RENIEC a través del DNI del asegurado, hecho que permitirá ordenar de igual forma la adscripción correspondiente;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia Central de Aseguramiento aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 533-PE-ESSALUD-2011;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer, en forma excepcional, el cambio de adscripción permanente, solicitando para este procedimiento la presentación de un recibo de agua, luz, teléfono o contrato de alquiler del lugar de destino del solicitante. Los mencionados cambios de adscripción tendrán vigencia hasta el 31 de enero de 2014.

Artículo 2°.- Disponer que el procedimiento de cambio de adscripción permanente, señalado en el artículo anterior, se efectúe en los distritos que comprenden la Municipalidad Metropolitana de Lima, en virtud al desarrollo de nuevas elecciones municipales para la elección de veintidós (22) autoridades municipales del Concejo Municipal de Lima.

Artículo 3°.- Disponer que los cambios de adscripción permanente, de acuerdo con lo señalado en el artículo 1°, serán actualizados de oficio por EsSalud en el mes de febrero de 2014, de acuerdo al domicilio consignado en el DNI vigente del asegurado, así como la adscripción correspondiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL CORNEJO LUNA
Gerente Central de Aseguramiento ESSALUD

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