8/08/2013

Resolución de Intendencia General Smv 069-2013-SMV/11.1 Disponen exclusión de acciones representativas del capital social con derecho

Disponen exclusión de acciones representativas del capital social con derecho a voto emitidas por Molpack del Perú SA del Registro Público del Mercado de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV N° 069-2013-SMV/11.1 Lima, 2 de agosto de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente N° 2013026018, así como el Informe Interno N° 737-2013-SMV/11.1 de fecha
Disponen exclusión de acciones representativas del capital social con derecho a voto emitidas por Molpack del Perú SA del Registro Público del Mercado de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV N° 069-2013-SMV/11.1


Lima, 2 de agosto de 2013
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN
DE CONDUCTAS
VISTOS:

El Expediente N° 2013026018, así como el Informe Interno N° 737-2013-SMV/11.1 de fecha 01 de agosto de 2013, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados;

CONSIDERANDO:

Que, el 12 de julio de 2013, Molpack del Perú SA solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores
- SMV la exclusión de sus acciones representativas del capital social con derecho a voto del Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;

Que, de la evaluación realizada a la documentación que sustenta la solicitud a la que se contrae la presente resolución, se ha verificado que en Junta General de Accionistas de Molpack del Perú SA realizada el 28 de junio de 2013, se acordó por unanimidad solicitar la exclusión de las acciones representativas del capital social con derecho a voto de la referida sociedad;

Que, al respecto, el artículo 37°, inciso a), de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y el artículo 19° del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV N° 031-2012-SMV/01 y sus normas modificatorias, establecen que la solicitud de exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores tiene lugar por resolución fundamentada de la Superintendencia del Mercado de Valores cuando la inscripción de dicho valor se haya originado por propia voluntad del emisor;

Que, en esa línea, se verificó que el 10 de septiembre de 2012 Molpack del Perú SA solicitó la inscripción de sus acciones representativas del capital social en el Registro Público del Mercado de Valores y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Dichos valores fueron inscritos mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Conductas N° 079-2012-SMV/11.1;

Que, de otro lado, el artículo 37° de la Ley del Mercado de Valores y el artículo 32° del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 009-2006-EF/94.10, disponen que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra;

Que, no obstante lo señalado, el presente caso se encuentra dentro de la causal de excepción para realizar una Oferta Pública de Compra, contemplada en el artículo 37°, inciso c), del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra por Exclusión, puesto que la solicitud de exclusión ha sido aprobada por la totalidad de los titulares de las acciones representativas del capital social de Molpack del Perú SA;

Que, el artículo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas mediante Resolución N° 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 20° del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa y por el artículo 46°, numeral 6, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores.

RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la exclusión de las acciones representativas del capital social con derecho a voto emitidas por Molpack del Perú SA del Registro Público del Mercado de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima.

Artículo 2°.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 3°.- Transcribir la presente Resolución a Molpack del Perú SA, en calidad de emisor, a la Bolsa de Valores de Lima SA, y a CAVALI SA ICLV.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALIX GODOS
Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas

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