Inicio
Despacho Presidencial
Organismos Ejecutores
Resolución de la Secretaría General de la Presidencia de la República 019-2013-DP/SGPR Delegan en la Subsecretaría General de la Presidencia de la República,
8/08/2013
Resolución de la Secretaría General de la Presidencia de la República 019-2013-DP/SGPR Delegan en la Subsecretaría General de la Presidencia de la República,
Delegan en la Subsecretaría General de la Presidencia de la República, la facultad de aprobar modificaciones presupuestales en el Nivel Funcional Programático DESPACHO PRESIDENCIAL RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA N° 019-2013-DP/SGPR Lima, 6 de agosto de 2013 VISTO, el Informe N° 017-2013-DP/OPP del 10 de julio de 2013 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Despacho Presidencial; CONSIDERANDO: Que, las normas que rigen el Sistema Nacional
DESPACHO PRESIDENCIAL
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA N° 019-2013-DP/SGPR
Lima, 6 de agosto de 2013
VISTO, el Informe N° 017-2013-DP/OPP del 10 de julio de 2013 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Despacho Presidencial;
CONSIDERANDO:
Que, las normas que rigen el Sistema Nacional de Presupuesto posibilitan efectuar durante el respectivo ejercicio fiscal, modificaciones a los montos y finalidades de los créditos presupuestarios contenidos en el Presupuesto Institucional, ya sea en el nivel Institucional o en el Nivel Funcional Programático;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF- y la Ley N° 28693 - Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, establecen las normas para el proceso presupuestario y financiero que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal;
Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto
Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, teniendo en consideración que la Subsecretaría General de la Presidencia de la República tiene por función, entre otros, velar por la correcta ejecución presupuestaria de la entidad, así como por la correcta utilización y administración de los recursos del Despacho Presidencial, se considera pertinente delegar en aquélla la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de sus funciones y facilitar la gestión presupuestaria del Pliego 011 Despacho Presidencial;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, Ley N° 28693 - Ley General del Sistema Nacional de Tesorería y el Decreto Supremo N° 066-2006-PCM - Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial y su modificatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2011-PCM;
Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección General de Administración y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Delegación de Facultad Delegar en la Subsecretaría General de la Presidencia de la República, a propuesta de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, por los fundamentos expuestos en la presente resolución, dando cuenta de ello a la Secretaría General de la Presidencia de la República.
Artículo 2°.- Derogación Derogar, a partir de la fecha, la Resolución del Jefe de la Casa de Gobierno N° 005-2006-DP/JCGOB del 30 de enero de 2006 y todos aquellos dispositivos que se opongan a la presente resolución.
Artículo 3°.- Comunicación al Ministerio de Economía y Finanzas Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los (05) días hábiles siguientes a su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ELENA JUSCAMAITA ARANGÜENA
Secretaria General de la Presidencia de la República
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)