Inicio
Organismos Tecnicos Especializados
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria
Resolución de Superintendencia 020-2013-SUCAMEC ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Dan por concluidas encargaturas
8/13/2013
Resolución de Superintendencia 020-2013-SUCAMEC ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Dan por concluidas encargaturas
ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Dan por concluidas encargaturas de Gerentes de Servicios de Seguridad Privada, de Control y Fiscalización, de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil y de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 020-2013-SUCAMEC Lima, 9 de agosto de 2013. SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD. VISTO: La Resolución Ministerial
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 020-2013-SUCAMEC
Lima, 9 de agosto de 2013.
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE CONTROL DE
SERVICIOS DE SEGURIDAD.
VISTO: La Resolución Ministerial N° 1100-2013-IN, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 9 de agosto de 2013 y por las siguientes consideraciones:
1. Mediante Decreto Legislativo N° 1127, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil
— SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones.
2. Con fecha 4 de abril de 2013 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 004-2013-IN, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUCAMEC, vigente a partir del 4 de mayo de 2013.
3. Según Resolución Suprema N° 064-2013-IN, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de junio de 2013, se designa al Superintendente Nacional de la SUCAMEC.
4. Mediante el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001-2013/SUCAMEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 1 de junio de 2013, se dispuso que la conducción de la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada y la Gerencia de Control y Fiscalización de la SUCAMEC recaían en el señor Alberto Ramón Vildoso Mazuelos; que la conducción de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil recaía en el señor Luis Miguel Gutiérrez Gambetta; y que la conducción de la Oficina de Asesoría Jurídica recaía en la señora abogada Martha Ysabel Villanueva Enríquez.
5. La Resolución Ministerial N° 1100-2013-IN, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de agosto de 2013, dio por concluida la designación del señor Alberto Ramón Vildoso Mazuelos, en el cargo público de confianza de Director de Programa Sectorial II, Nivel F-3, de la Dirección de Control de Servicios de Seguridad Privada, de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, ahora SUCAMEC.
6. Mediante Resolución Ministerial N° 1099-2013-IN, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de agosto de 2013, se dio por concluida la designación de la señora abogada Martha Ysabel Villanueva Enríquez, en el cargo público de confianza de Directora de Programa Sectorial II,
Nivel F-3, de la Oficina de Asesoría Legal, de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Armas,
Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, ahora SUCAMEC.
7. Se ha estimado conveniente dejar sin efecto las encargaturas a que se refieren los numerales que anteceden, en atención a lo dispuesto en el artículo 11, literal c) del Decreto Supremo N° 004-2013-IN, que aprueba el ROF de la SUCAMEC.
8. De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo N° 1127, la Resolución Suprema N° 064-2013-IN, el Decreto Supremo N° 004-2013-IN.
SE RESUELVE:
1. Dar por concluida, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución de Superintendencia, las encargaturas que se detallan a continuación, dándoseles las gracias por la labor desempeñada:
- Del señor Alberto Ramón Vildoso Mazuelos, en el cargo de Gerente de Servicios de Seguridad Privada, contenida en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001-2013/SUCAMEC.
- Del señor Alberto Ramón Vildoso Mazuelos, en el cargo de Gerente de Control y Fiscalización, contenida en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001-2013/SUCAMEC.
- Del señor Luis Miguel Gutiérrez Gambetta, en el cargo de Gerente de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil, contenida en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001-2013/SUCAMEC.
- De la señora abogada Martha Ysabel Villanueva Enríquez, en el cargo de Jefe de la Asesoría Jurídica, contenida en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001-2013/SUCAMEC.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DERIK ROBERTO LATORRE BOZA
Superintendente Nacional
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)