8/08/2013

Resolución Jefatural 150-2013/SIS Aprueban Directiva que regula la Cobertura Prestacional del Régimen de

Aprueban Directiva que regula la Cobertura Prestacional del Régimen de Financiamiento Semicontributivo NRUS del Seguro Integral de Salud SEGURO INTEGRAL DE SALUD RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 150-2013/SIS Lima, 5 de agosto de 2013 VISTOS: El Proveído N° 159-2012-SIS-GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones y el Proveído N° 398-2013-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creó
Aprueban Directiva que regula la Cobertura Prestacional del Régimen de Financiamiento Semicontributivo NRUS del Seguro Integral de Salud

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 150-2013/SIS


Lima, 5 de agosto de 2013
VISTOS: El Proveído N° 159-2012-SIS-GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones y el Proveído N° 398-2013-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creó el Seguro Integral de Salud, como un Organismo Público Descentralizado de dicho Ministerio, siendo calificado como Organismo Público Ejecutor por Decreto Supremo N° 034-2008-PCM y actualizada su calificación por Decreto Supremo N° 058-2011-PCM.

Constituye un Pliego Presupuestal, con autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa;
que tiene como misión administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual, de conformidad con la política del Sector;

Que, por Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, se constituyó al Seguro Integral de Salud como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, responsable de administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus afiliados;

Que, mediante el artículo 2° del Decreto Legislativo N° 937, Texto del Nuevo Régimen Único Simplificado, se creó el Nuevo Régimen Único Simplificado - Nuevo RUS;

Que, la Octagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, dispone que el Seguro Integral de Salud - SIS, incorporará al Régimen Semicontributivo, en el marco de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, a los contribuyentes regulares de acuerdo a su continuidad en los pagos del Nuevo Régimen Único Simplificado - NRUS incluido sus derechohabientes, siempre que aquellos no tengan trabajadores dependientes que laboren para ellos y no cuenten con un seguro de salud;

Que, el Decreto Supremo N° 106-2013-EF, dispuso la afiliación al Régimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud - SIS a las personas naturales comprendidas en el Nuevo Régimen Único Simplificado
- NRUS, incluidos sus derechohabientes, siempre que aquellas no tengan trabajadores dependientes y no cuenten con un seguro de salud y establece que el plan de beneficios para los afiliados bajo este régimen es el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), los Planes Complementarios y las Enfermedades de Alto Costo de Atención; confiriéndole al SIS, en su calidad de IAFAS, autorización para establecer complementariamente normas referidas a afiliación, plan de beneficios y mecanismos de control de las prestaciones;

Que, mediante el documento de vistos, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones sustenta la necesidad de contar con un instrumento normativo que complementariamente establezca el plan de beneficios y regule la cobertura prestacional que el SIS brinde a los afiliados, incluidos sus derechohabientes, al Régimen de Financiamiento Semicontributivo NRUS del Seguro Integral de Salud;

Con el visto bueno de la Secretaría General, del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL, de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la Gerencia del Asegurado, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Oficina General de Tecnología de la Información y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad a lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 001-2013-SIS/GREP 'Directiva que regula la Cobertura Prestacional del Régimen de Financiamiento Semicontributivo NRUS del Seguro Integral de Salud' y sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, la implementación de la Directiva aprobada en el artículo anterior.

Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial 'El Peruano' y a la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal de Transparencia de la Institución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud

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