8/09/2013

Resolución Jefatural 212-2013-INEI Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis

Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2013 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 212-2013-INEI Lima, 8 de agosto del 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Jefaturales N°s. 174, 189 y 203-2013-INEI, se aprobaron los Índices Unificados de Precios para las seis áreas geográficas correspondientes a los meses de junio y julio de 2013; Que, en la Convención Colectiva
Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2013

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 212-2013-INEI


Lima, 8 de agosto del 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resoluciones Jefaturales N°s. 174, 189 y 203-2013-INEI, se aprobaron los Índices Unificados de Precios para las seis áreas geográficas correspondientes a los meses de junio y julio de 2013;

Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y a través del Expediente N° 029-2013-MTPE/2.14, con fecha 11 de julio de 2013, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2013-2014, registrada el 31 de julio 2013, por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y cuya publicación ha sido dispuesta por Resolución Ministerial N° 132-2013-TR, en la cual, como resultado de la negociación directa del pliego de reclamos, se acordó entre otros, otorgar incrementos diarios, sobre el jornal básico de los trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1 de junio de 2013;

Que, para tal efecto resulta necesario modificar el Índice Unificado de Mano de Obra de los meses de junio y julio 2013 para las seis áreas geográficas;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2013, en la forma siguiente:

CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA
AÑO 2013 ÍNDICES
MES ANTERIOR MODIFICADO
JUNIO 471,44 497,55
JULIO 471,44 497,55
Artículo 2°.- En los casos de las obras cuyos presupuestos fueron elaborados con precios vigentes desde junio a julio de 2013, deberán utilizar para la fijación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en las Resoluciones Jefaturales N°s. 174, 189 y 203-2013-INEI, que aprobaron los Índices Unificados correspondientes a dichos meses.

Regístrese y comuníquese.

ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOS
Jefe

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