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Resolución Ministerial 1107-2013-IN/DGPP Aprueban asignación financiera de recursos provenientes del Fondo Especial
8/10/2013
Resolución Ministerial 1107-2013-IN/DGPP Aprueban asignación financiera de recursos provenientes del Fondo Especial
Aprueban asignación financiera de recursos provenientes del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana a diversas entidades, para la formulación de estudios de pre - inversión, expedientes técnicos, obras y ejecución de proyectos INTERIOR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1107-2013-IN/DGPP Lima, 9 de Agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 052-2011 se aprobó la creación del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana, cuyos recursos son de carácter intangible y permanente para ser destinados
INTERIOR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1107-2013-IN/DGPP
Lima, 9 de Agosto de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 052-2011 se aprobó la creación del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana, cuyos recursos son de carácter intangible y permanente para ser destinados exclusivamente al financiamiento de actividades, proyectos, y programas orientados a combatir la inseguridad ciudadana;
Que, la vigencia del mencionado Decreto de Urgencia para el Año Fiscal 2012 fue aprobada a través de la Nonagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, 'Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012'; habiéndose posteriormente aprobado su continuidad mediante la Centésima Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951,
'Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013';
Que, el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 052-2011 señala que el Fondo Especial de Seguridad Ciudadana cuenta con un Comité de Administración que asigna los recursos de acuerdo a los Planes de Seguridad Ciudadana aprobados en el marco de la Ley N° 27933, 'Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana' y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2003-IN; siendo que el artículo 4 del mencionado Decreto de Urgencia, establece la conformación del Comité de Administración, el cual se encuentra integrado por el Presidente del Consejo de Ministros o su representante, el Ministro de Economía y Finanzas o su representante, y el Ministro del Interior o su representante, contando asimismo con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio del Interior;
Que, el inciso b) del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 052-2011, señala que el Ministerio del Interior, mediante Resolución Ministerial, establecerá las entidades, finalidad, y montos correspondientes para que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, efectúe directamente la asignación financiera correspondiente;
Que, a través del Oficio N° 4519-2013-PCM/SG de fecha 6 de julio de 2013, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros, remitió el Acta de Sesión del Comité de Administración del Fondo de Seguridad Ciudadana de fecha 1 de julio de 2013, mediante la cual se aprobó la asignación financiera de recursos del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana para el Año Fiscal 2013, por un monto total de S/. 66
343 570,74;
Que, mediante dicha Acta se acordó que al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos le correspondería una asignación de S/. 20 806 965,00, para formulación de estudios de pre-inversión y expedientes técnicos para la implementación de cinco (5) establecimientos penitenciarios con capacidad para albergar 3 000 personas privadas de libertad; al Ministerio del Interior le correspondería el monto de S/. 34 574 377,10, para el financiamiento de obras y formulación de expedientes técnicos de treinta y ocho (38) proyectos de inversión pública para mejorar la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú; y, a siete (7) Gobiernos Locales le correspondería la suma total de S/. 10 962 228,64 para el financiamiento de diecisiete (17) proyectos de inversión pública orientados a favor de la seguridad ciudadana;
Que, en ese sentido, resulta necesario que el Ministerio del Interior a través de una Resolución Ministerial establezca las entidades, finalidad y montos correspondientes hasta por la suma total de S/. 66
343 570,74; a efectos que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, efectúe la asignación financiera correspondiente;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Planificación y Presupuesto mediante Oficio N° 002395-2013/IN/DGPP de fecha 7 de agosto de 2013; y, con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29158,
'Ley Orgánica del Poder Ejecutivo'; el Decreto Legislativo N° 1135, 'Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior'; y, el Decreto Supremo N° 010-2013-IN,
'Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior';
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia de Recursos Apruébese la asignación financiera de los recursos provenientes del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana por el importe de sesenta y seis millones trescientos cuarenta y tres mil quinientos setenta y 74/100 Nuevos Soles (S/. 66 343 570,74), a las siguientes entidades:
Pliegos:
Gobierno Nacional Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Anexo 1) S/. 20 806 965,00
Ministerio del Interior (Anexo 2) S/. 34 574 377,10
Gobiernos Locales (Anexo 3):
Municipalidad Distrital Jesús Nazareno, Ayacucho S/. 2 240 738,00
Municipalidad Distrital de Vilcanchos, Ayacucho S/. 793 502,90
Municipalidad Distrital de San Antonio de Cachi, S/. 272 860,74
Andahuaylas.
Municipalidad Distrital de Túcume, Lambayeque S/. 884 809,00
Municipalidad Distrital de Callalli, Arequipa S/. 1 598 990,00
Municipalidad Provincial de Lima S/. 4 404 770,00
Municipalidad Provincial de Trujillo S/. 766 558,00
Artículo 2.- Finalidad Los recursos a los que se hace referencia en el artículo precedente, se destinarán exclusivamente para la formulación de estudios de pre-inversión, expedientes técnicos, obras y ejecución de proyectos señalados en los Anexos 1, 2 y 3 que forman parte de la presente Resolución.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos asignados no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales serán transferidos.
Artículo 4.- Publicación La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de las entidades señaladas.
Regístrese, comuníquese y archívese.
WILFREDO PEDRAZA SIERRA
Ministro del Interior
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