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Resolución Ministerial 200-2013-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor de SEDAPAL SA destinada al financiamiento
8/21/2013
Resolución Ministerial 200-2013-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor de SEDAPAL SA destinada al financiamiento
Autorizan Transferencia Financiera a favor de SEDAPAL SA destinada al financiamiento de la reposición de equipos, herramientas y máquinas VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 200-2013-VIVIENDA Lima, 20 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó mediante la Resolución Ministerial N° 327-2012-VIVIENDA el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y
VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 200-2013-VIVIENDA
Lima, 20 de agosto de 2013
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó mediante la Resolución Ministerial N° 327-2012-VIVIENDA el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente al año fiscal 2013, por un monto de S/. 4 038 366 356,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto,
Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción,
Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso;
Que, a través del Memorándum N° 891-2013-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, la Directora Ejecutiva (e) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicitó gestionar el dispositivo legal para la atención de la transferencia financiera requerida por la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA - SEDAPAL SA, hasta por un monto de S/. 53 127 483,00 en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco de lo dispuesto por el numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 29951; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, para lo cual, se ha suscrito el Convenio N° 895-2013-VIVIENDA, donde se establecen los lineamientos y obligaciones de las partes que permitirá a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA -SEDAPAL SA, la adquisición de equipos, herramientas y máquinas, destinadas a mantener la capacidad productiva de la Gerencia de Producción y Distribución Primaria, y de la Gerencia de Recolección, Tratamiento y Disposición Final;
Que, mediante Informe N° 288-2013/VIVIENDA-OGPP-UPTO de fecha 16 de agosto de 2013, la Unidad de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto señala que resulta procedente que la transferencia financiera por la suma de S/. 53 127 483,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios se afecte con cargo a los recursos del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano,
Programa Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbana, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; en ese sentido, propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza dicha transferencia financiera por la suma de S/. 53
127 483,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA – SEDAPAL SA, destinada al financiamiento de la reposición de equipos herramientas y máquinas que permita mantener la capacidad operativa del servicio;
Que, mediante el Memorándum N° 1759-2013/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remitió un proyecto de Resolución Ministerial, por el cual se autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, por la suma de S/. 53 127 483,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA – SEDAPAL SA, destinada al financiamiento de la reposición de equipos, herramientas y máquinas, que permita mantener la capacidad operativa del servicio, en el marco de lo dispuesto en el inciso vi), del literal a), del numeral 12.1, del artículo 12, de la Ley N° 29951; así mismo, señala que se cuenta con disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 53 127 483,00, con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para efectuar la Transferencia Financiera a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA - SEDAPAL SA;
Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1, del artículo 12, de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; se autoriza de manera excepcional, en el presente año fiscal, la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las entidades prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2 del mismo artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, por la suma de S/. 53 127 483,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA – SEDAPAL SA, destinada al financiamiento de la reposición de equipos, herramientas y máquinas que permita mantener la capacidad operativa del servicio; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 53 127 483,00 (CINCUENTA Y TRES MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100
NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA - SEDAPAL SA, destinada al financiamiento de la reposición de equipos, herramientas y máquinas, que permitan mantener la capacidad operativa del servicio.
Artículo 2°.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.
Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4°.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras según lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
Artículo 5°.- Información La empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SA - SEDAPAL SA, informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el avance físico y financiero de las metas y compromisos asumidos en el Convenio suscrito por las partes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RENÉ CORNEJO DIAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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