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Resolución Ministerial 233-2013-MINAM Disponen la publicación para fines de Consulta Pública de Proyecto de Decreto
8/14/2013
Resolución Ministerial 233-2013-MINAM Disponen la publicación para fines de Consulta Pública de Proyecto de Decreto
Disponen la publicación para fines de Consulta Pública de Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el nuevo Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos AMBIENTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 233-2013-MINAM Lima, 12 de agosto de 2013 Visto, el Memorando N° 377-2013-DVMDERN/MINAM del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; así como el Informe N° 158-2013- MINAM-DGDB de la Dirección General de Diversidad Biológica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución
AMBIENTE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 233-2013-MINAM
Lima, 12 de agosto de 2013
Visto, el Memorando N° 377-2013-DVMDERN/MINAM del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; así como el Informe N° 158-2013- MINAM-DGDB de la Dirección General de Diversidad Biológica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Legislativa N° 26181, de fecha 30 de abril de 1993, se aprobó el Convenio sobre Diversidad Biológica, adoptado en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992 y suscrito el 12 de junio de 1992, el cual tiene como objetivos la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada;
Que, la Comisión del Acuerdo de Cartagena, el 2 de julio de 1996, adoptó la Decisión N° 391 de la Comunidad Andina de Naciones, referida al Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos, que tiene como objeto regular el acceso a los recursos genéticos de los Países Miembros y sus productos derivados;
Que, el artículo 29° de la Ley N° 26839, Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, dispone que mediante norma legal expresa, se establece el procedimiento de acceso a los recursos genéticos o sus productos derivados;
Que, de conformidad con el literal a) del numeral 3.2 del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la citada entidad tiene como objetivo específico asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la Amazonía, para lo cual puede aprobar las disposiciones normativas de su competencia;
Que, siendo el Ministerio del Ambiente el ente rector en materia de Recursos Genéticos, mediante Decreto Supremo N° 003-2009-MINAM, se elevó a rango de decreto supremo la Resolución Ministerial N° 087-2008-MINAM, ratificándose la aprobación del Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos a que se refiere la citada Resolución Ministerial;
Que, para la efectiva implementación del Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos por parte de las autoridades competentes, así como por los interesados en acceder a los recursos genéticos y sus productos derivados, se ha evaluado y analizado la necesidad de aprobar un nuevo reglamento, el cual previo a su formal aprobación, debe ser sometido a consulta pública, con la finalidad de contar con las sugerencias y/o comentarios de los interesados, conforme lo establece el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolución;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, de la Dirección General de Diversidad Biológica y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; y, del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la publicación, para fines de Consulta Pública, del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el nuevo Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Dicha publicación se realizará en el Portal Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www. minam.gob.pe/consultas–publicas), a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2°.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo 1° de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya Sede Central se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste N° 1440, distrito de San Isidro - departamento de Lima, y/o a la dirección electrónica rrgg@minam.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
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