8/18/2013

Resolución Ministerial 299-2013-MEM/DM Reconocen servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes

Reconocen servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur SAA. ENERGIA Y MINAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 299-2013-MEM/DM Lima, 25 de julio de 2013 VISTO: El Expediente N° 31217711 presentado por Luz del Sur SAA., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre
Reconocen servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur SAA.

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 299-2013-MEM/DM


Lima, 25 de julio de 2013
VISTO: El Expediente N° 31217711 presentado por Luz del Sur SAA., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución Compacta de Pedestal Subterránea para Servicio Público de Electricidad N° 6148;

CONSIDERANDO:

Que, Luz del Sur SAA., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de noviembre de 1996, solicitó el reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución Compacta de Pedestal Subterránea N° 6148, ubicada en el lote 16, Mz. E (hoy calle Tampumachay N° 145),
Urb. Tambo de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;

Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada, para la Subestación Eléctrica de Distribución Compacta de Pedestal Subterránea N° 6148, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 01 de julio de 2009, cuya copia obra en el Expediente;

Que, el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes;

Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, emitió el Informe N° 476-2013-DGE-DCE, recomendando el reconocimiento de la referida servidumbre;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur SAA., la servidumbre convencional de ocupación y de tránsito sobre bienes de propiedad privada para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución Compacta de Pedestal Subterránea para Servicio Público de Electricidad N° 6148, ubicada en el lote 16, Mz. E (hoy calle Tampumachay N° 145),
Urb. Tambo de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 01 de julio de 2009, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Expe-diente Descripción de la Servidumbre Área de Servi-dumbre Propie-tario Tipo de Terreno 31217711 Subestación Eléctrica de Distribución N° 6148
Ubicación: distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima
Área N° 1: servidumbre de ocupación Coordenadas UTM (PSAD 56)
Vértice Norte Este A 8 660 388,129 283 194,080
B 8 660 386,024 283 197,481
C 8 660 389,553 283 199,665
D 8 660 390,921 283 197,454
E 8 660 388,582 283 196,007
F 8 660 389,319 283 194,816
Área N° 2: servidumbre de ocupación Coordenadas UTM (PSAD 56)
Vértice Norte Este G 8 660 388,129 283 194,080
H 8 660 386,024 283 197,481
I 8 660 389,553 283 199,665
J 8 660 390,921 283 197,454
K 8 660 388,582 283 196,007
L 8 660 389,319 283 194,816
Suelo:
12,75 m²
(nivel subte-rráneo)
Suelo:
12,75 m² y sus aires Privado Privado Urbano Urbano Artículo 2.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM y en las normas técnicas pertinentes.

Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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