8/24/2013

Resolución Ministerial 338-2013-MEM/DM Aprueban primera modificación del Contrato de Concesión 361-2010 relativo

Aprueban primera modificación del Contrato de Concesión N° 361-2010 relativo a concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables, solicitada por Peruana de Inversiones en Energías Renovables ENERGIA Y MINAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 338-2013-MEM/DM Lima, 20 de agosto de 2013 SAC. VISTOS: El Expediente N° 18236910 sobre solicitud de modificación de concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables presentada por Peruana de Inversiones en Energías Renovables
Aprueban primera modificación del Contrato de Concesión N° 361-2010 relativo a concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables, solicitada por Peruana de Inversiones en Energías Renovables

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 338-2013-MEM/DM


Lima, 20 de agosto de 2013
SAC.
VISTOS: El Expediente N° 18236910 sobre solicitud de modificación de concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables presentada por Peruana de Inversiones en Energías Renovables SAC, persona jurídica inscrita en la Partida N° 12332609 de la Oficina Registral de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 035-2011-MEM/DM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de enero de 2011, se otorgó a favor de Peruana de Inversiones en Energías Renovables SAC la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Manta, con una potencia instalada de 18.44 MW, ubicada en los distritos de Corongo, Yanac y La Pampa, provincia de Corongo, departamento de Ancash, aprobándose el Contrato de Concesión N° 361-2010;

Que, mediante documento de fecha 18 de abril de 2013, ingresado bajo el registro N° 2284868, respectivamente,
Peruana de Inversiones en Energías Renovables SAC solicitó la modificación del referido Contrato de Concesión, con el objeto de prorrogar el plazo de ejecución de obras, de manera tal que la Puesta en Operación Comercial de la Central Hidroeléctrica Manta deberá producirse a más tardar el 31 de diciembre de 2014;

Que, para efectos de la solicitud que se menciona en el considerando que antecede, Peruana de Inversiones en Energías Renovables SAC argumentó la existencia de razones de fuerza mayor al amparo del literal b) del artículo 36 de la Ley de Concesiones Eléctricas, las mismas que no le permiten poner en servicio las obras en los plazos previstos en el Contrato de Concesión N° 361-2010;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 112-2013-MEM/DM de fecha 22 de marzo de 2013, se aprobó la Primera Modificación del Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional de la Central Hidroeléctrica Manta, suscrito entre Peruana de Inversiones en Energías Renovables SAC y el Ministerio de Energía y Minas, respecto de modificar el cronograma de ejecución de obras y postergar la Puesta en Operación Comercial de la central por las mismas razones que se mencionan en el considerando que antecede, y que fueron calificadas como fuerza mayor mediante Informe Legal N° 069-2012-EM-DGE, por lo que procede la Primera Modificación del Contrato de Concesión N° 361-2010;

Que, teniendo en cuenta lo indicado en el considerando que antecede, resulta necesario aprobar la Primera Modificación del Contrato de Concesión N° 361-2010, en lo que se refiere a la fecha de Puesta en Operación Comercial de la Central Hidroeléctrica Manta, establecido en el Cronograma de Ejecución de Obras;

Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refiere el Informe N° 490-2013-DGE-DCE, corresponde aprobar la Primera Modificación del Contrato de Concesión N° 361-2010 en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Estando a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 66, el artículo 67 y el segundo párrafo del artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Primera Modificación del Contrato de Concesión N° 361-2010, relativo a la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Manta, en lo referido a la Séptima Cláusula y el Anexo N° 4 del Contrato, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la Primera Modificación del Contrato de Concesión N° 361-2010, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modificación del Contrato de Concesión N° 361-2010, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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