8/30/2013

Resolución Suprema N° 443-2013-DE/MGP

Lima, 29 de agosto de 2013 Visto, el Oficio P.200-1358 del Director General del Personal de la Marina de fecha 4 de julio de 2013; CONSIDERANDO: Que, el Juego de Guerra Multilateral MWG (Multilateral War Game), es un juego de simulación del tipo seminario, centrado en la representación de niveles de decisión estratégico - operacional aplicable a una Fuerza de Tarea Multinacional para dar solución a las amenazas latentes; actualmente participan en este Ejercicio, las delegaciones de los países de Argentina, Brasil,
Lima, 29 de agosto de 2013
Visto, el Oficio P.200-1358 del Director General del Personal de la Marina de fecha 4 de julio de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, el Juego de Guerra Multilateral MWG (Multilateral War Game), es un juego de simulación del tipo seminario, centrado en la representación de niveles de decisión estratégico - operacional aplicable a una Fuerza de Tarea Multinacional para dar solución a las amenazas latentes;
actualmente participan en este Ejercicio, las delegaciones de los países de Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Ecuador, Estados Unidos de América y Perú;

Que, la Armada Argentina ha cursado invitación para que CUATRO (4) Oficiales de la Marina de Guerra del Perú, participen en la Ejecución del XI Juego de Guerra Multilateral (MWG - 2013), a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; sin embargo, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de CINCO (5) Oficiales Superiores para que participen en el mencionado evento operacional, a fin de afianzar nuestro compromiso en la participación de este tipo de eventos que fortalecen los vínculos profesionales;

Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 4:

Actividades Operacionales, Ítem 7, Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval, para que participen en la Ejecución del XI
Juego de Guerra Multilateral (MWG - 2013), a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 2
al 5 de setiembre de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;

Que, teniendo en consideración la programación de los vuelos internacionales y con el fin de facilitar el viaje de los mencionados Oficiales Superiores a la ciudad de Buenos Aires, es necesario autorizar su salida del país el 1
y su retorno el 6 de setiembre de 2013, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004:

Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5
de junio de 2002;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Luis José POLAR Figari, CIP . 04834215, DNI. 43329799, del Capitán de Navío Julio César CACHO Morán, CIP. 01877434, DNI. 43330965, del Capitán de Fragata José Manuel Ignacio KREBS Millares, CIP. 01803803, DNI. 43847193, del Capitán de Fragata Américo Iván AMICO Fortunic CIP. 00964232, DNI.

43980893 y del Capitán de Corbeta (CJ.) Oswaldo Sergio SANCHEZ Carbajal, CIP. 00910910, DNI. 09803792, para que participen en la Ejecución del XI Juego de Guerra Multilateral (MWG - 2013), a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 2 al 5 de setiembre de 2013; así como, autorizar su salida del país el 1 y su retorno el 7 de setiembre de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$. 1,020.00 x 5 personas US$. 5,100.00
Viáticos:

US$. 370.00 x 4 días x 5 personas US$. 7,400.00
--------------------TOTAL A PAGAR: US$ 12,500.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4°.- El Oficial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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