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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 812-2013-P-CSJLI/PJ Amplían fecha de vencimiento de la remisión y
9/13/2013
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 812-2013-P-CSJLI/PJ Amplían fecha de vencimiento de la remisión y
Amplían fecha de vencimiento de la remisión y redistribución dispuesta mediante Res. Adm. N° 760-2013-P-CSJLI-PJ y establecen otras disposiciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 812-2013-P-CSJLI/PJ Lima, 11 de setiembre del 2013 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 760-2013-P-CSJLI-PJ de fecha 01 de Agosto del año en curso y el Informe N° 028-2013-EGC-UPD-CSJLI/PJ de fecha 10 de Setiembre de los corrientes, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa N° 760-2013-P-CSJLI-PJ de vista,
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 812-2013-P-CSJLI/PJ
Lima, 11 de setiembre del 2013
VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 760-2013-P-CSJLI-PJ de fecha 01 de Agosto del año en curso y el Informe N° 028-2013-EGC-UPD-CSJLI/PJ de fecha 10 de Setiembre de los corrientes, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Administrativa N° 760-2013-P-CSJLI-PJ de vista, la Presidencia de este Distrito Judicial dispone las medidas administrativas para la remisión y redistribución de los expedientes en materia penal del 1°
Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho, 2°, 3° y 4°
Juzgados Mixtos Permanentes de San Juan de Lurigancho hacia los Juzgados Penales Transitorios de la misma localidad, así como el plazo en el cual se realizaría esta actividad.
Que, mediante el informe de visto se ha puesto a conocimiento de este Despacho la problemática de los sistemas informáticos existentes en dichas judicaturas, que afectan directamente a la redistribución de expedientes dispuesta con la Resolución de visto, por lo cual se hace necesario tomar las medidas pertinentes para la solución de los mismos.
Que, si bien se señaló plazo improrrogable para la remisión y/o redistribución de expedientes, cierto es también, que dicho plazo ha resultado insuficiente para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en razón de las dificultades de los diversos sistemas informáticos judiciales que existen, tal como lo han hecho saber los Jueces de los Juzgados remitentes, siendo ello así, resulta necesario ampliar la fecha de remisión y redistribución de expedientes.
Que, asimismo habiéndose dispuesto en la Resolución de vista, que los Magistrados de los Juzgados antes mencionados cumplan con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de este Distrito Judicial, sobre el cumplimiento de lo ordenado, a fin de que dicha Unidad realice el seguimiento y monitoreo a cada uno de los Órganos Jurisdiccionales, las aludidas dependencias judiciales, deberán dar cuenta a la Presidencia, al día siguiente de culminado la prórroga del plazo concedido.
Que, por las razones expuestas, el Presidente de la Corte como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial de Lima y en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012; y estando a lo señalado precedentemente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero: AMPLIAR la fecha de vencimiento de la remisión y redistribución dispuesta por Resolución Administrativa N° 760-2013-P-CSJLI-PJ, de manera improrrogable hasta el 20 de Setiembre de los corrientes, debiendo dar cuenta todos los Magistrados involucrados en la remisión y redistribución de expedientes a la Presidencia de la Corte, al día siguiente del término señalado.
Artículo Segundo: DISPONER que la remisión y redistribución de expedientes ordenada mediante la Resolución Administrativa N° 760-2013-P-CSJLI-PJ correspondiente al 1°
Juzgado Penal, 2°, 3° y 4° Juzgados Mixtos de San Juan de Lurigancho se centralizará en la Sede Las Flores.
Artículo Tercero: DISPONER que la Mesa de Partes de la referida sede procederá a la redistribución por lote de expedientes mediante el ítem creado dentro del módulo del Sistema Informático Judicial con la resolución citada en los artículos precedentes, para realizar así la redistribución de expedientes entre los Juzgados Penales Transitorios de San Juan de Lurigancho de manera aleatoria.
Artículo Cuarto: DISPONER que para el 1° Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho, el proceso a realizar será con el ítem del módulo de ingresos, es decir, como ingreso nuevo, otorgándose una nueva numeración a cada expediente, por lo que el personal de Mesa de Partes deberá consignar como número antiguo el número de expediente que le correspondía en el Módulo Básico de Justicia de procedencia.
Artículo Quinto: DISPONER que la Oficina de Imagen y Prensa de este Distrito Judicial difunda oportunamente a las partes procesales e interesados del cambio de numeración de los expedientes señalado en el artículo precedente.
Artículo Sexto: PONER en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima - ODECMA, el contenido de la presente resolución para que vele por su adecuado cumplimiento, procediendo conforme a sus funciones y atribuciones en defecto de ello.
Artículo Sétimo: PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura – OCMA, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital y Coordinación de Personal.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente Corte Superior de Justicia de Lima
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