9/06/2013

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 031-2013-PCM/SD Inscriben en el Registro de

Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo de la provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, a la Mancomunidad Municipal Sondor Curamba RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 031-2013-PCM/SD Lima, 17 de junio de 2013 VISTOS: Los Oficios N° 004-2013/PRE/MMSC y N° 008-2013-MMSC/AN; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal N° 008-2012-MDA-AL de la Municipalidad Distrital de Andarapa y la Ordenanza Municipal
Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo de la provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, a la Mancomunidad Municipal Sondor Curamba
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 031-2013-PCM/SD
Lima, 17 de junio de 2013
VISTOS:

Los Oficios N° 004-2013/PRE/MMSC y N° 008-2013-MMSC/AN; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal N° 008-2012-MDA-AL de la Municipalidad Distrital de Andarapa y la Ordenanza Municipal N° 014-2012-CM-MDSJ de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo; las Actas de Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba" de fechas 10 de diciembre de 2012 y 06 de mayo de 2013; el Oficio N° 620-2013-PCM/SD y los Informes N° 022-2013–PCM/ SD-OGI-MIRA y N° 039-2013–PCM/SD-OGI-MIRA; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2°, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;

Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 322-2011-PCM/SD se dispuso la inscripción de la constitución de la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba". Esta mancomunidad municipal la integran las Municipalidades Distritales de Kaquiabamba, Kishuara y Pacucha de la Provincia de Andahuaylas, en el Departamento de Apurímac;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 9°, establece el procedimiento de adhesión de una municipalidad a una mancomunidad municipal ya constituida;

Que, mediante el Oficio N° 004-2013/PRE/MMSC, el señor alcalde y presidente de la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba" solicita la inscripción de la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, por Oficio N° 620-2013-PCM/SD la Secretaría de Descentralización remite el Informe N° 022-2013-PCM/SD-OGI-MIRA que contiene las observaciones al trámite de inscripción de la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba";

Que, mediante Oficio N° 008-2013-MMSC/AN, el Señor Alcalde y Presidente de la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba", presenta los documentos para subsanar las observaciones en el trámite de inscripción de la adhesión;

Que, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba", en su artículo Vigésimo Tercero, señala que la adhesión de una municipalidad, procede según el siguiente procedimiento: a) Informe Técnico elaborado por la municipalidad solicitante, que exprese la viabilidad de la adhesión a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto, b) Acta de Sesión del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal, con el acuerdo de adhesión de la municipalidad solicitante, y c) Ordenanza Municipal de la municipalidad solicitante, que ratifica la adhesión a la mancomunidad municipal y a su Estatuto, sustentada en el Informe Técnico y en el Acta de Sesión del Consejo Directivo;

Que, el Informe Técnico presentado expresa la viabilidad para la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba";

Que, el Consejo Directivo mediante Acta de Sesión Ordinaria, de fecha 10 de diciembre de 2012, acordó la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba"; por Acta de Sesión Extraordinaria, de fecha 06
de mayo de 2013, se acordó la conformación del Consejo Directivo y la modificación de los artículos Primero y Tercero del Estatuto correspondientes a la constitución y al ámbito territorial, como resultado del proceso de adhesión;

Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo ratifican su adhesión a la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba";

Que, acorde con el Informe N° 039-2013–PCM/ SD-OGI-MIRA, se concluye que se han subsanado las observaciones al trámite de inscripción y que en la elaboración de los documentos del acto de adhesión se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 9° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo a la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba", en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Formalización de Inscripción de Adhesión Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de las Municipalidades Distritales de Andarapa y San Jerónimo de la Provincia de Andahuaylas, en el Departamento de Apurímac, a la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba".

Artículo 2°.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba", está conformado como sigue:
- Presidente: Claudio Carrasco Leguía, alcalde de la Municipalidad Distrital de Kishuara.
- Director: Reynaldo Damiano Palomino, alcalde de la Municipalidad Distrital de Andarapa.
- Director: Rubén Vivanco Ccoicca, alcalde de la Municipalidad Distrital de Kaquiabamba.
- Director: Placido Onzueta Benites, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacucha.
- Director: Marcelo Quispe Pérez, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo.

Artículo 3°.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico, las Actas de Sesión de Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Sondor Curamba" y la Ordenanzas Municipales de Andarapa y San Jerónimo, en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe.

Artículo 5°.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN
Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros

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