9/05/2013

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 102-2013-SMV/02 Autorizan funcionamiento como sociedad agente de

Autorizan funcionamiento como sociedad agente de bolsa de Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A. RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 102-2013-SMV/02 Lima, 23 de agosto de 2013 La Superintendente del Mercado de Valores VISTOS: El Expediente N° 2012038244, así como el Informe N° 801-2013-SMV/10 del 22 de agosto de 2013, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, con la opinión favorable del Superintendente del Mercado de Valores; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Intendencia
Autorizan funcionamiento como sociedad agente de bolsa de Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 102-2013-SMV/02
Lima, 23 de agosto de 2013
La Superintendente del Mercado de Valores
VISTOS:

El Expediente N° 2012038244, así como el Informe N° 801-2013-SMV/10 del 22 de agosto de 2013, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, con la opinión favorable del Superintendente del Mercado de Valores;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N° 126-2012-SMV/10.2 del 16
de octubre de 2012, se otorgó a Acres Investments S.A.
y al señor Andrés Mauricio Muñoz Ramirez, autorización para la organización de una sociedad agente de bolsa denominada Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A.;

Que, Acres Investments S.A. y el señor Andrés Mauricio Muñoz Ramirez, solicitaron a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV autorización de funcionamiento para actuar como sociedad agente de bolsa;

Que, el artículo 7 del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución CONASEV
N° 045-2006-EF/94.10 y sus modificatorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente N° 091-2012-SMV/02 y sus modificatorias, señalan los requisitos que deben cumplirse a efectos de obtener la autorización de funcionamiento de un agente de intermediación;

Que, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades y de la Oficina de Tecnologías de Información, realizó visitas de inspección a las instalaciones de Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A., a efectos de verificar que esta cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento;

Que, asimismo, de la evaluación de la documentación presentada por Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A. y de las inspecciones efectuadas, se ha determinado que dicha empresa ha cumplido con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad agente de bolsa;

Que, antes de iniciar sus operaciones, Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A. deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Mercado de Valores; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modificado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores; así como el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF;

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el funcionamiento como sociedad agente de bolsa de Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A.

Artículo 2°.- Disponer la inscripción de Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A. en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 3°.- Antes del inicio de sus operaciones, Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A. deberá constituir la garantía a que se refiere el artículo 136 de la Ley del Mercado de Valores, así como dar cumplimiento a los demás requisitos previstos en el artículo 186 de dicha ley.

Artículo 4°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5°.- Transcribir la presente resolución a Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A., a la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI S.A. ICLV.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores

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