9/12/2013

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 178-2013-J/ONPE Aprueban modelo definitivo de la cédula de sufragio y

Aprueban modelo definitivo de la cédula de sufragio y modelo definitivo de la cédula de votación electrónica, para las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 178-2013-J/ONPE Lima, 11 de setiembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 000047-2013-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, el Oficio N° 3921-2013-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones-JNE y el Informe N° 000225-2013-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Aprueban modelo definitivo de la cédula de sufragio y modelo definitivo de la cédula de votación electrónica, para las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 178-2013-J/ONPE
Lima, 11 de setiembre de 2013
VISTOS:

El Informe N° 000047-2013-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, el Oficio N° 3921-2013-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones-JNE y el Informe N° 000225-2013-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERNADO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2013-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de mayo de 2013, se convocó a Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima el día domingo 24 de noviembre de 2013, con la finalidad de elegir a 22 autoridades municipales del Concejo Municipal, para completar el período de gobierno municipal 2011-2014;

Que, de conformidad con el artículo 37° de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859, la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución, a la Ley Orgánica de Elecciones y a la Ley Orgánica de la ONPE;

Que, mediante la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 28581, se autorizó a la ONPE a implementar de manera progresiva y gradual el voto electrónico con medios electrónicos e informáticos o cualquier otra modalidad tecnológica que garantice la seguridad y confidencialidad de la votación, la identificación del elector, la integridad de los resultados y la transparencia en el proceso electoral. Asimismo, de acuerdo al artículo único de la Ley N° 29603, se autoriza a la ONPE para que, de manera autónoma, establezca los procedimientos necesarios para la aplicación del voto electrónico presencial y no presencial.

Que, teniendo en cuenta lo expuesto, con Resolución Jefatural N° 211-2010-J/ONPE, se aprobó el Reglamento del Voto Electrónico;

Que, por otro lado, de conformidad con el literal c)
del artículo 5° de la Ley Orgánica de la ONPE, Ley N° 26487, es función de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo, que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo;

Que, asimismo, el artículo 159° de la Ley Orgánica de Elecciones, dispone que corresponde a la ONPE
determinar las características de las cédulas de sufragio, la impresión y distribución de las mismas, así como las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector;

Que, igualmente, según lo dispuesto por el artículo 165° de la misma Ley Orgánica, la ONPE tiene a su cargo el diseño de la cédula de sufragio correspondiente al proceso electoral en curso, debiendo publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas, agrupaciones independientes y candidatos, dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas;

Que, con Resolución N° 463-2013-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de mayo de 2013, el JNE estableció, en el marco de las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013, que el 26 de agosto es la fecha límite para la presentación de listas de candidatos;

Que, de conformidad con los literales f) y g) del artículo 45° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con Resolución Jefatural N° 030-2010-J/ONPE y modificado con Resolución Jefatural N° 137-2010-J/ONPE, es función de la Gerencia de Gestión Electoral elaborar las especificaciones técnicas de los tipos de cédula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral; así como proponer el contenido de los materiales electorales a ser utilizados en el sufragio, para su aprobación por la Jefatura Nacional;

Que, teniendo en consideración las citadas normas legales, mediante Resolución Jefatural N° 167-2013-J/ ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el pasado 27 de agosto, se aprobó y publicó los diseños de las cédulas a utilizarse en las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013;

Que, de acuerdo a lo informado por la Secretaría General del JNE, mediante el oficio de vistos de fecha 03 de setiembre pasado, se informa que ante la mesa de partes del JNE no se ha presentado impugnaciones.

Asimismo, con este oficio el JNE remite el Informe N° 060-2013-LMSBR-DNFPE/JNE de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales en donde se sugiere se precise en las especificaciones técnicas del modelo de la cédula lo siguiente: en el Anexo N° 1 en su numeral 2.4.2. Símbolo de las Organizaciones Políticas, impresos a todo color en recuadro con fondo blanco y en el Anexo N° 3 en su numeral 2.4.2. Opción de respuesta: Recuadro con símbolo o voto nulo en fondo blanco;

Que, en tal sentido, la Gerencia de Gestión Electoral, con el informe de vistos, remite el modelo y las especificaciones técnicas definitivas de las cédulas de sufragio correspondientes a NEM-LIMA 2013, incorporando las sugerencias antes mencionadas;

Que, conforme a los considerandos precedentes, teniendo en cuenta el artículo 168° de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859, corresponde la publicación y divulgación de los modelos definitivos de las cédulas de sufragio a utilizarse en las elecciones convocadas para el domingo 24 de noviembre de 2013;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 5° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como, los literales e) y cc) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con Resolución Jefatural N° 030-2010-J/ONPE y modificado con Resolución Jefatural N° 137-2010-J/ONPE, respectivamente; y con el visado de la Gerencia de Gestión Electoral, de la Gerencia de Sistemas e Informática Electoral, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el modelo definitivo de la cédula de sufragio para las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013, cuyo formato aparece en el Anexo N° 2, y sus especificaciones técnicas contenidas en el Anexo N° 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Aprobar el modelo definitivo de la cédula de votación electrónica para las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima 2013, cuyo formato aparece en el Anexo N° 4, con sus especificaciones técnicas consignadas en el Anexo N° 3, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de las organizaciones políticas participantes, el contenido de la presente resolución, con sus anexos correspondientes.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO CUCHO ESPINOZA
Jefe
ANEXO N° 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
DEL MODELO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO
PARA LAS NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES
PARA LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA
DE LIMA 2013
I. MEDIDAS:

1.1 El tamaño mínimo de la cédula de sufragio será de 21.00 cm. de largo x 16.00 cm. de ancho y de acuerdo al número de organizaciones políticas participantes, el largo se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 26.00 cm.

II. ANVERSO:

2.1 Encabezado: Consta de una línea de texto, consignando el nombre de "PROVINCIA DE LIMA" escrito en negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho.

2.2 Subtítulo: Conformado por un recuadro en fondo de color negro, con el texto: "NUEVAS ELECCIONES
MUNICIPALES PARA LA MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA 2013", en letras blancas.

2.3 Instrucciones al elector: Conformado por un recuadro en fondo gris, con el texto: "MARQUE CON UNA
CRUZ (+) O UN ASPA (X) DENTRO DEL RECUADRO DEL
SÍMBOLO DE SU PREFERENCIA", en letras negras.

2.4 Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla la participación de ocho (08) Organizaciones Políticas, impresas en fondo color rosado con una trama diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área de la fila.

Cada una de estas filas presenta 2 secciones claramente diferenciadas:

2.4.1. Nombre de las Organizaciones Políticas, impresas en color negro.

2.4.2. Símbolo de las Organizaciones Políticas, impresos a todo color en recuadro con fondo blanco.

2.5 Pie de página: Franja horizontal en fondo color gris.

III. REVERSO:

3.1 Fondo gris, con texto calado en blanco con las siglas "JNE ONPE RENIEC". En el encabezado va el texto: "NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES PARA LA
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA 2013", y debajo de este los "ORGANISMOS ELECTORALES" con las siglas JNE - ONPE - RENIEC, bajo estas siglas va el escudo nacional en color negro.

3.2 Se ha consignado el Título: "CÉDULA DE
SUFRAGIO" en color negro, centrado debajo del escudo, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE
LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS
QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE
INSTALACIÓN".

3.3 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para la firma de los personeros de las organizaciones políticas.

Sólo para efectos de la publicación de la cédula se ha considerado el diseño que contempla 8 organizaciones políticas y mide 26.00 cm. de largo x 16.00 cm. de ancho, es de formato vertical a full color en el anverso y un color en el reverso.

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