9/06/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0437-2013-ED Aprueban documento denominado "Orientaciones para la

Aprueban documento denominado "Orientaciones para la realización del Censo Nacional - Diagnóstico de las Naciones Unidas de Gestión Educativa Local en el territorio nacional 2013" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0437-2013-ED Lima, 4 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 16 de la Constitución Política del Perú, el Estado supervisa la calidad de la educación. Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno
Aprueban documento denominado "Orientaciones para la realización del Censo Nacional - Diagnóstico de las Naciones Unidas de Gestión Educativa Local en el territorio nacional 2013"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0437-2013-ED
Lima, 4 de setiembre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 16 de la Constitución Política del Perú, el Estado supervisa la calidad de la educación.

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, asimismo, el artículo 80 de la referida Ley, establece entre otras funciones del Ministerio de Educación, formular, aprobar, ejecutar y evaluar, de manera concertada, el Proyecto Educativo Nacional y conducir el proceso de planificación de la educación; así como, implementar un sistema de información para la toma de decisiones estratégicas;

Que, el artículo 125 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, establece que es competencia del Gobierno Nacional definir, dirigir, normar y gestionar las políticas nacionales y sectoriales en educación, ciencia y tecnología, recreación y deporte, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales, concordando el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República;

Que, con Resolución Ministerial N° 0074-2013-ED, se oficializó el Reglamento de la Comisión Intergubernamental del Sector Educación, aprobado por dicha Comisión según el acta de fecha 14 de agosto de 2012; señalando en su artículo 2, que la Comisión Intergubernamental del Sector Educación es una instancia constituida por el Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, en el marco de los mecanismos de coordinación intergubernamental y la normatividad sobre el desarrollo del proceso de descentralización;

Que, el artículo 3 del mencionado Reglamento señala que dicha Comisión tiene por objetivo concertar y articular las políticas, estrategias y acciones que deben implementar los tres niveles de gobierno de manera coordinada, para el fortalecimiento de la gestión descentralizada del Sistema Educativo, que permita brindar un servicio educativo de calidad para el logro de los aprendizajes y el pleno ejercicio del derecho a la educación;

Que, de acuerdo con el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de 2013 de la Comisión Intergubernamental del Sector Educación, realizada el 07 de mayo de 2013, se acordó llevar a cabo un Censo en las 215 UGEL del país, a fin de contar con información fidedigna y actualizada para mejorar la gestión en los campos de la modernización y de la descentralización de la gestión educativa;

Que, el Convenio N° 088-2013-ED, Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática, tiene como objeto la ejecución de los actos necesarios y suficientes para llevar a cabo un estudio diagnóstico a nivel nacional, mediante el levantamiento de información primaria, que permita describir las condiciones y situación de las Unidades de Gestión Educativa Local –
UGEL, siendo la población objetivo las doscientas quince (215) UGEL distribuidas en los 25 Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana, a fin de contar con información actualizada y relevante sobre las condiciones de las UGEL
a nivel institucional, pedagógico y administrativo;

Que, conforme al literal a) del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, la Oficina de Coordinación Regional es responsable de coordinar las acciones de descentralización en materia educativa con los niveles de gobierno regional y local, y tiene entre otras funciones, asegurar el establecimiento de canales de coordinación y comunicación entre las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada y las direcciones generales y oficinas del Ministerio de Educación;

Que, en tal sentido, con Informe N° 23-2013-MINEDU/ VMGI-OCR, la Jefa de la Oficina de Coordinación Regional del Ministerio de Educación, señala que resulta necesario emitir las orientaciones para la realización del Censo Nacional – Diagnóstico de las Unidades de Gestión Educativa Local en el territorio nacional, a fin de conocer las dimensiones pedagógica, institucional y administrativa de cada una de ellas;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley General de Educación aprobada por la Ley N° 28044, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; y, en el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento denominado "Orientaciones para la realización del Censo Nacional -Diagnóstico de las Unidades de Gestión Educativa Local en el territorio nacional 2013", que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Coordinación Regional efectuará el seguimiento y monitoreo de las actividades del Censo Nacional - Diagnóstico de las Unidades de Gestión Educativa Local en el territorio nacional 2013.

Artículo 3.- Disponer que los demás órganos, unidades orgánicas y dependencias del Ministerio de Educación brinden el apoyo necesario para el cumplimiento de lo señalado en la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial así como el documento que aprueba, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación

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