9/14/2013

RESOLUCIÓN N° R-1240-2013-UNSAAC IV CONGRESO COLOMBIANO Y CONFERENCIA INTERNACIONAL DE CALIDAD DEL AIRE Y SALUD PÚBLICA

RESOLUCIÓN N° R-1240-2013-UNSAAC Cusco, 8 de agosto de 2013 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO Visto los expedientes N°s. 326654, 327091 y 326824 cursados por los docentes: Ing. Nicolás Ronald Dueñas Ponce de León, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva, Maestro Basilio Salas Alagón, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva, ambos en el Departamento Académico de Ingeniería Eléctrica de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas y Mgt. Julio Lucas

RESOLUCIÓN N° R-1240-2013-UNSAAC
Cusco, 8 de agosto de 2013
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

Visto los expedientes N°s. 326654, 327091 y 326824 cursados por los docentes: Ing. Nicolás Ronald Dueñas Ponce de León, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva, Maestro Basilio Salas Alagón, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva, ambos en el Departamento Académico de Ingeniería Eléctrica de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas y Mgt. Julio Lucas Warthon Ascarza, Profesor Asociado a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Física de la Facultad de Ciencias Químicas, Físicas y Matemáticas, mediante el cual solicitan Licencia por Capacitación; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante documentos de Visto, los administrados hacen de conocimiento que el Vicerrectorado Académico de la Universidad De La Salle de Bogotá - Colombia está organizando el IV CONGRESO COLOMBIANO Y CONFERENCIA INTERNACIONAL DE CALIDAD DEL AIRE Y SALUD PÚBLICA (IV CASAP), evento a llevarse a cabo en Bogotá entre el 13 y el 16 de agosto de 2013. Señalan que el referido evento tiene como objetivo la discusión de temas relevantes en contaminación atmosférica e impacto en salud en ciudades latinoamericanas y del mundo, dentro del marco del Proyecto de Investigación vía Canon "Disminución de la Contaminación Ambiental en la ciudad del Cusco mediante Sustitución de Combustible Fósil por Energía Eléctrica en Vehículos de Transporte Urbano Masivo" al cual debe afectarse presupuestalmente; motivo por el cual solicitan se les conceda Licencia por Capacitación con goce de haberes del 12 al 17 de agosto de 2013, así como se les otorgue pasajes aéreos nacionales Cusco-Lima-Cusco, pasajes aéreos internacionales Lima-Bogotá-Lima, así como viáticos nacionales e internacionales e inscripción en el evento en el importe de $ 300.00 para cada docente;

Que, al respecto con Oficio N° 045-2013-JDAIE el Jefe del Departamento Académico de Ingeniería Eléctrica señala que en Asamblea Extraordinaria de la Junta de Docentes del día 01 de agosto de 2013 se aprobó por unanimidad la petición solicitada por los docentes Ing.

Nicolás Ronald Dueñas Ponce de León y Maestro Basilio Salas Alagón; asimismo el Decano de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas señala que por tratarse del Proyecto de Investigación vía Canon, se deberá afectar al presupuesto previsto en dicho Proyecto y otorgárseles la Licencia respectiva del 13 al 16
de agosto de 2013;

Que, igualmente con Oficio N° 055-2013-DAF-UNSAAC el Jefe del Departamento Académico de Física señala que la Junta de Profesores en Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 01 de agosto de 2013 aprobó por unanimidad la Licencia por Capacitación solicitada por el Mgt. Julio Lucas Warthon Ascarza; asimismo con Oficio N° 413-2013-FCQFM el Decano de la Facultad de Ciencias Químicas, Físicas y Matemáticas eleva dicho expediente el mismo que cuenta con la opinión favorable de la Junta de Docentes;

Que, a través de la Resolución N° R-2304-2012-UNSAAC de fecha 04 de diciembre de 2012 el Rector de la UNSAAC aprobó el Informe Final de los Proyectos de Investigación vía Canon 2012, entre ellos el Proyecto de Investigación titulado: "DISMINUCIÓN DE LA
CONTAMINACIÓN AMBIENTAL EN LA CIUDAD DEL
CUSCO MEDIANTE SUSTITUCIÓN DE COMBUSTIBLE
FÓSIL POR ENERGÍA ELÉCTRICA EN VEHÍCULOS DE
TRANSPORTE URBANO MASIVO", bajo responsabilidad del docente Mgt. Julio Lucas Warthon Ascarza;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, es vigente la Ley de Presupuesto N° 29951; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos N° 27619, Reglamentado por el D.S N° 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad de la UNSAAC, asimismo el Art. 3 de la referida Ley señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, sobre el asunto, obra en el expediente el Informe N° 2233-APEP-OPU-2013, mediante el cual la Jefe del Área de Programación y Evaluación Presupuestal señala que el Proyecto: "DISMINUCIÓN DE LA
CONTAMINACIÓN AMBIENTAL EN LA CIUDAD DEL
CUSCO MEDIANTE SUSTITUCIÓN DE COMBUSTIBLE
FÓSIL POR ENERGÍA ELÉCTRICA EN VEHÍCULOS
DE TRANSPORTE URBANO MASIVO" tiene previsión presupuestal para atención del requerimiento de acuerdo a la Cadena que se indica, asimismo indica que de acuerdo al requerimiento deberá otorgarse lo siguiente: Pasajes aéreos Cusco-Lima-Bogotá-Lima-Cusco; VIÁTICOS:

Para tres docentes: Viáticos Internacionales por cuatro (04) días a USA $ 200.00 por día, Viáticos nacionales por dos días; INSCRIPCIÓN AL CONGRESO USA $ 300.00
para cada uno de los tres docentes Total: USA $ 900.00
Que, asimismo indica que de acuerdo al D.S. 047-2012-PCM Art. 4to. sobre Publicidad se deberá publicar la salida en Licencia de los referidos docentes en el Diario El Peruano, debiendo por tanto indicar el costo de dicha publicación para afectar al Proyecto previa modificación presupuestal;

Que, con Dictamen N° 134-2013-OCEA, el Jefe de la Oficina de Capacitación y Evaluación Académica, se pronuncia por la aceptación de lo solicitado, debiendo los beneficiarios presentar documento que acredite su participación en el citado Congreso y realizar el efecto multiplicador en cumplimiento del Reglamento General de Licencias, Permiso y Año Sabático;

Que, con Proveído N° 299-2013-VRIN-UNSAAC la Vicerrectora de Investigación de la UNSAAC señala que ha tomado conocimiento del referido expediente e informe sobre disponibilidad presupuestal, eleva para emisión de la Resolución de autorización de viaje al Responsable de Investigación e integrantes del referido Proyecto de Investigación; por tanto corresponde emitir la Resolución respectiva;

Estando a lo solicitado; Ley 29951, Ley 27619, DS. 047-2002-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley 23733 y el Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- CONCEDER LICENCIA POR
CAPACITACIÓN a los docentes: ING. NICOLÁS RONALD
DUEÑAS PONCE DE LEÓN, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva, Maestro BASILIO SALAS ALAGÓN, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva, ambos en el Departamento Académico de Ingeniería Eléctrica de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas y MGT. JULIO LUCAS WARTHON
ASCARZA, Profesor Asociado a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Física de la Facultad de Ciencias Químicas, Físicas y Matemáticas, a partir del 12 de agosto del 2013 y por el término de seis días, quienes se constituirán en la ciudad de Bogotá-Colombia para participar en el IV CONGRESO COLOMBIANO Y
CONFERENCIA INTERNACIONAL DE CALIDAD DEL
AIRE Y SALUD PÚBLICA (IV CASAP), organizado por el Vicerrectorado Académico de la Universidad De La Salle de Bogotá-Colombia, dentro del marco del Proyecto de Investigación vía Canon "Disminución de la Contaminación Ambiental en la ciudad del Cusco mediante Sustitución de Combustible Fósil por Energía Eléctrica en Vehículos de Transporte Urbano Masivo".

Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor de cada uno de los beneficiarios, como sigue:

Pasajes vía aérea Cusco-Lima-Cusco.
- Pasajes vía aérea Lima-Bogotá-Lima.
- Viáticos Internacionales por cuatro días en el importe de USA $ 200.00 día, al cambio del día en moneda nacional - Viáticos nacionales por dos días en el importe de S/.

320.00 día.
- Inscripción al Congreso en el importe de USA $ 300.00
a cada uno al cambio del día en moneda nacional.

Tercero.- El EGRESO que se origine por aplicación de la presente resolución se atenderá con cargo a: Categoría Presupuestal: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Programa: 9002 Asignaciones Presupuestales que no resultan en Productos; Secuencia Funcional: 0029 Actividad: 5.000894 Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico; GASTOS
NACIONALES: Cadena de Gasto: 23.21.21 Pasajes y Gastos de Trasportes, 2.3.21.22 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio; GASTOS EXTRANJERO:

2.3.21.11 Pasajes y Gastos de Trasportes, 2.3.21.12
Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio, INSCRIPCIÓN EN EL CONGRESO: 2.3.27.31 Realizado por Personas Jurídicas, Fuente de Financiamiento:

Donaciones y Transferencias.

Cuarto.- DISPONER, que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619.

Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA, la obligación de los beneficiarios de presentar informe documentado de los gastos efectuados ante la Dirección General de Administración, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones N°s. CU-0101-2007-UNSAAC, R-248-2008-UNSAAC, R-281-2009-UNSAAC, Resolución N° R-994-2013-UNSAAC y Art. 10 del D.S. N° 047-2002-PCM, en el plazo de quince (15) días, de haber retornado a esta ciudad, perdiendo dicho derecho al finalizar el plazo indicado. Asimismo ante la Oficina de capacitación y Evaluación Académica, presentar los documentos que acrediten la participación en dicho Congreso, así mismo el informe de dicho Congreso ante el Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente.

El Vicerrectorado Administrativo y la Dirección General de Administración, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO
Rector

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