9/04/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 457-2013-DE/MGP Lima 3 de Setiembre de 2013 visto el Oficio P.20

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 457-2013-DE/MGP Lima, 3 de setiembre de 2013 Visto, el Oficio P.200-1646 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 13 de agosto de 2013; CONSIDERANDO: Que, anualmente la Marina de Guerra del Perú viene participando en Ejercicios Fluviales con la Armada Nacional de la República de Colombia y la Marina de la República Federativa del Brasil, para lo cual se dispone el desplazamiento de Cañoneras Fluviales por cada país, para que efectúen una serie de actividades operacionales

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 457-2013-DE/MGP
Lima, 3 de setiembre de 2013
Visto, el Oficio P.200-1646 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 13 de agosto de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, anualmente la Marina de Guerra del Perú viene participando en Ejercicios Fluviales con la Armada Nacional de la República de Colombia y la Marina de la República Federativa del Brasil, para lo cual se dispone el desplazamiento de Cañoneras Fluviales por cada país, para que efectúen una serie de actividades operacionales y protocolares de manera conjunta por el Río Amazonas, habiéndose previsto la Reunión de Crítica de los Ejercicios Fluviales denominado (BRACOLPER);

Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de TRES (3) Oficiales Superiores para que participen en la mencionada Reunión;

Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 4:

Actividades Operacionales, Ítem 24, Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013, y conforme a la modificación aprobada con Resolución Suprema N° 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval, para que participen en la Reunión de Crítica de los Ejercicios Fluviales entre la Marina de Guerra del Perú, la Armada Nacional de Colombia y la Marina de Brasil (BRACOLPER), a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, del 5 al 9 de setiembre de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619
- Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Francisco José BOLAÑOS
Chavarri, CIP. 00810277, DNI. 43432082, del Capitán de Fragata Christian Alexis SALAS Ormeño, CIP. 00954299, DNI. 25745713 y del Capitán de Corbeta Humberto Javier MARTINEZ Mujica, CIP. 00911306, DNI. 43671218, para que participen en la Reunión de Crítica de los Ejercicios Fluviales entre la Marina de Guerra del Perú, la Armada Nacional de la República de Colombia y la Marina de la República Federativa del Brasil (BRACOLPER), a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, del 5 al 9 de setiembre de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Manaos (República Federativa del Brasil) - Lima US$. 1,350.00 x 3 personas US$. 4,050.00
Viáticos:

US$. 370.00 x 5 días x 3 personas US$. 5,550.00
TOTAL A PAGAR: US$. 9,600.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4°.- El Oficial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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