9/14/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 490-2013-DE/MGP X Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 490-2013-DE/MGP Lima, 13 de setiembre de 2013 Visto, el Oficio P.200-1585 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 5 de agosto de 2013; CONSIDERANDO: Que, en el Acta de la IX Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto de Puerto Bolívar (Ecuador) y Puerto Zorritos (Perú), celebrada en ciudad de Zorritos, entre 13 al 15 de marzo de 2013, acordaron efectuar la X Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto, a realizarse en Puerto Bolívar, República del Ecuador, del

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 490-2013-DE/MGP
Lima, 13 de setiembre de 2013
Visto, el Oficio P.200-1585 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 5 de agosto de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, en el Acta de la IX Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto de Puerto Bolívar (Ecuador) y Puerto Zorritos (Perú), celebrada en ciudad de Zorritos, entre 13 al 15 de marzo de 2013, acordaron efectuar la X Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto, a realizarse en Puerto Bolívar, República del Ecuador, del 18 al 20 de setiembre de 2013;

Que, la presente Reunión se realiza en el marco de absoluta franqueza, cordialidad, profesionalismo y camaradería, en la cual se afianzan los lazos de amistad y cooperación para la lucha contra las actividades ilícitas comunes que se presentan en sus respectivas jurisdicciones; así como, optimizar las medidas de apoyo en la lucha contra la contaminación del medio acuático y en las operaciones de búsqueda y rescate;

Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de DOS (2) Oficiales Superiores para que participen en la mencionada Reunión;

Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 5:

Medidas de Confianza Mutua, Ítem 11, Anexo 2 (RDR), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013, y conforme a la modificación aprobada con Resolución Suprema N° 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Humberto Carlos RAINERO Valcárcel y del Capitán de Fragata CJ. Augusto Rafael PINEDO
Mantilla, para que participen en la mencionada Reunión Bilateral; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Autoridad Marítima dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Humberto Carlos RAINERO Valcárcel, CIP . 00951080 y DNI. 07268040 y del Capitán de Fragata CJ. Augusto Rafael PINEDO Mantilla, CIP. 05911242, DNI. 09343398, para que participen en la X Reunión Bilateral de Capitanes de Puerto de Puerto Bolívar (Ecuador) y Puerto Zorritos (Perú), a realizarse en Puerto Bolívar, República del Ecuador, del 18 al 20 de setiembre de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Terrestres: Tumbes - Puerto Bolívar (República del Ecuador) - Tumbes US$. 252.98 x 2 personas (ida y vuelta) US$. 505.96
Viáticos:

US$. 370.00 x 3 días x 2 personas US$. 2,220.00
-------------------TOTAL A PAGAR: US$. 2,725.96
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4°.- El Oficial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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