9/14/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 493-2013-DE Fundamentos de Sistemas de Información Geográfica

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 493-2013-DE Lima, 13 de setiembre de 2013 VISTO: La Hoja Informativa N° 006-2013-IGN/OGPP de setiembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8 del artículo 5° de la Ley N° 27292, Ley del Instituto Geográfico Nacional (IGN), esta entidad tiene entre sus funciones representar al país ante los organismos técnico-científicos nacionales e internacionales en eventos y reuniones relacionados con las Ciencias Geográfico-Cartográficas

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 493-2013-DE
Lima, 13 de setiembre de 2013
VISTO:

La Hoja Informativa N° 006-2013-IGN/OGPP de setiembre de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8 del artículo 5° de la Ley N° 27292, Ley del Instituto Geográfico Nacional (IGN), esta entidad tiene entre sus funciones representar al país ante los organismos técnico-científicos nacionales e internacionales en eventos y reuniones relacionados con las Ciencias Geográfico-Cartográficas y sus aplicaciones;

Que, el Centro de Investigación y Desarrollo en Información Geográfica (CIAF) del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), tiene planificado realizar diversos cursos de especialización durante el presente año relacionados con las áreas de gestión de información geográfica, percepción remota, Sistemas de Información Geográfica y otras tecnologías afines;

Que, entre los eventos académicos programados por el CIAF , se efectuará el curso de capacitación "Fundamentos de Sistemas de Información Geográfica", que se llevará a cabo entre el 16 y el 20 de setiembre de 2013, en la ciudad de Bogotá - República de Colombia;

Que, con el documento del visto se ha establecido por conveniente la participación del señor Capitán EP Jhoyler Alexei CORDOVA SANDOVAL, del señor Técnico 1° EP
Wenceslao SAMANIEGO ASTETE y del señor Suboficial 2° EP Aldo Javier HUAMAN MEDINA, en representación del Instituto Geográfico Nacional;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, la participación del referido personal del Instituto Geográfico Nacional en el curso antes mencionado, con la finalidad de adquirir nuevos conocimientos en proyecciones cartográficas, sistema de coordenadas, representaciones y estructuración de datos geográficos, entre otros temas, que serán beneficiosos para el Instituto Geográfico Nacional y para el país;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013, del Pliego 332: Instituto Geográfico Nacional - IGN, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

Que, la participación en el evento antes mencionado se encuentra prevista en el Ítem 22, del Rubro 1. Formación / Calificación / Especialización, Anexo Único del Plan Anual de Viajes al Exterior del Instituto Geográfico Nacional -IGN para el Año Fiscal 2013, aprobado con Resolución Suprema N° 210-2013/DE de fecha 20 de mayo de 2013 y modificado con Resolución Suprema N° 446-2013/DE del 29 de agosto de 2013;

Que, el artículo 8° del Decreto Supremo N° 047-2002
- PCM, prescribe que los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar, por una sola vez, el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado cuando el viaje es a cualquier parte de América;

Que, teniendo en consideración la programación de los vuelos internacionales y con el fin de facilitar el viaje de los Oficiales autorizados a la ciudad de Bogotá - República de Colombia, para que cumpla con las actividades previstas, es necesario autorizar su salida del país el 15 de setiembre de 2013;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y su modificatoria;
el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y, el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Capitán EP Jhoyler Alexei CORDOVA SANDOVAL, con CIP N° 121822000 y con DNI N° 08686005, al Técnico 1° EP Wenceslao SAMANIEGO ASTETE, con CIP N° 313263300 y con DNI N° 43587803, y al Suboficial 2° EP Aldo Javier HUAMAN MEDINA, con CIP N° 329698900 y con DNI N° 43958186, para participar en el curso "Fundamentos de Sistemas de Información Geográfica" que se realizará en la ciudad de Bogotá – República de Colombia, del 16 al 20 de setiembre de 2013;
así como autorizar su salida del país el 15 de setiembre de 2013 y su retorno el 20 de setiembre de 2013.

Artículo 2°.- El Instituto Geográfico Nacional efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes Aéreos: Lima - Bogotá (Colombia) - Lima US$ 1,780.00 x 3 personas US$ 5,340.00
Viáticos:

US$ 370.00 x 6 días x 3 personas US$ 6,660.00
--------------------TOTAL: US$ 12,000.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4°.- El personal comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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