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ORDENANZA REGIONAL N° 165-2013-GRJ/CR Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos -
10/16/2013
ORDENANZA REGIONAL N° 165-2013-GRJ/CR Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos -
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Dirección Regional de Energía y Minas ORDENANZA REGIONAL N° 165-2013-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 06 días del mes de agosto de 2013, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
ORDENANZA REGIONAL N° 165-2013-GRJ/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
JUNÍN
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 06 días del mes de agosto de 2013, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización;
Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y demás Normas Complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2) del artículo 9° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la autonomía administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad;
Que, el artículo 29° de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444, señala que se entiende por procedimiento administrativo al conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados;
Que, el inciso c) de la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, y sus modificatorias establecen que la tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente;
los derechos de tramitación comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) de las entidades públicas constituyen un tipo de tasa de acuerdo con lo señalado en la norma citada;
Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 001-2008-GRJ/PR, de 04 de enero de 2008, se aprueba el T exto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Dirección Regional de Energía y Minas - Junín de Junín;
Que, es conveniente actualizar la normativa aplicable referida a la regulación de los procedimientos administrativos en las entidades de la Administración Pública que constan en el respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA, documento de gestión cuya elaboración debe realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y fiexibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención al administrado;
Que, el artículo 15° del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, que aprueba lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, prescribe que la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional y sus Organismos Públicos Descentralizados (incluidos los procedimientos de las Direcciones Regionales Sectoriales), son aprobados mediante Ordenanza Regional; en concordancia con el numeral 1) del artículo 36° de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444, el cual señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la más alta autoridad regional, de Ordenanza Municipal o de la decisión del titular de las entidades autónomas conforme a la Constitución, según su naturaleza. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad;
Que, numeral 3) del artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por la Ley N° 29091, prescribe que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA es publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, y en el Portal Institucional;
Que, mediante Informe Técnico N° 006-2013-GGR/ ORDITI/CHA, el Director de la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información emite opinión favorable recomendando que se proceda a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA
de la Dirección Regional de Energía y Minas - Junín; con Memorando N° 848-2013-GRJ-ORAF, el Director de la Oficina Regional de Administración y Finanzas, opina procedente el proceso de elaboración de la Estructura de costos del presente TUPA; y, a través del Informe Legal N° 502-2013-GRJ/ORAJ, la Directora Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal señalando que el TUPA en mención se encuentra arreglado a Ley;
Que, contando con el Dictamen N° 019-2013-GRJ/ CPPPATyDI favorable, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:
"ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO
ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y
MINAS - JUNÍN"
Artículo Primero.- APRUÉBESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Energía y Minas - Junín, el cual consta de cincuenta y uno (51) procedimientos en treinta y cinco (35)
folios, que se anexa y forma parte de la presente Norma Regional.
Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Resolución Ejecutiva Regional N° 001-2008-GRJ/PR, y toda otra normatividad que contravenga la presente Norma Regional.
Artículo Tercero.- DISPÓNGASE que la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicaciones publique el presente Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Energía y Minas -Junín, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas -PSCE, y en el Portal Institucional, conforme a lo estipulado en el numeral 3) del artículo 38° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación.
Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 6 días del mes agosto de 2013.
EDDY R. MISARI CONDE
Consejero Delegado Consejo Regional
POR TANTO:
Mando regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 19 días del mes de agosto de 2013.
VLADIMIR ROY CERRÓN ROJAS
Presidente
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