10/18/2013

RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 75-2013/CNB-INDECOPI Aprueban 3

Aprueban 3 Normas Técnicas Peruanas en su versión 2013 sobre pinturas, identificación y tecnología nomenclatura de maderas comerciales y de especias y condimentos RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 75-2013/CNB-INDECOPI Lima, 26 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4° al 11° de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización
Aprueban 3 Normas Técnicas Peruanas en su versión 2013 sobre pinturas, identificación y tecnología nomenclatura de maderas comerciales y de especias y condimentos
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 75-2013/CNB-INDECOPI
Lima, 26 de setiembre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28°
de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4° al 11° de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización;

Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI;

Que, el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas vigente, establece en su artículo 15 que las Normas Técnicas Peruanas serán revisadas periódicamente para lograr su actualización;

Que, de conformidad con la reglamentación anterior, acorde con la vigente, desde febrero de 2007 la Comisión ha venido ejecutando el Plan de Revisión y Actualización de Normas Técnicas Peruanas, aprobadas durante la gestión del ITINTEC (periodo 1966-1992), con el objeto de poner a disposición de los usuarios normas técnicas confiables que satisfagan sus expectativas;

Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Industria de la pintura y el color, b) Productos forestales maderables transformados y c)
Especias, condimentos y hierbas aromáticas, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado;

Que, continuando con el Plan de Actualización, la Comisión recibió en el presente año la opinión favorable de los Comités Técnicos de Normalización: mencionados para mantener vigente un grupo de 3 Normas Técnicas Peruanas, Que, recibida la opinión de dichos Comités, la Comisión aprobó que las referidas Normas Técnicas Peruanas aprobadas durante la gestión del ITINTEC, conservasen su vigencia con el texto resultante de la revisión efectuada en el presente año;

Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros.

RESUELVE:

Primero.- APROBAR las siguientes Normas Técnicas Peruanas en su versión 2013:

NTP 319.055:1988 (revisada el 2013) PINTURAS. Método para la determinación cualitativa de colorantes orgánicos y lacas en los pigmentos de cromo y en el anaranjado de molibdeno. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 319.055:1988
NTP 251.002:1982 (revisada el 2013) IDENTIFICACIÓN Y TECNOLOGÍA
NOMENCLATURA DE
MADERAS COMERCIALES
PANAMERICANAS. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 251.002:1982
NTP 209.200:1982 (revisada el 2013) ESPECIAS Y CONDIMENTOS.

Achiote. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 209.200:1982
Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas:

NTP 319.055:1988 PINTURAS. Método para la determinación cualitativa de colorantes orgánicos y lacas en los pigmentos de cromo y en el anaranjado de molibdeno. 1ª Edición
NTP 251.002:1982 IDENTIFICACIÓN Y TECNOLOGÍA
NOMENCLATURA DE
MADERAS COMERCIALES
PANAMERICANAS. 1ª Edición
NTP 209.200:1982 ESPECIAS Y CONDIMENTOS.

Achiote Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz, Eldda Yrina Bravo Abanto e Ítalo Alberto Laca Ramos.

Regístrese y publíquese.

AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias

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