10/15/2013

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 140-2013-DV-PE

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 140-2013-DV-PE Lima, 10 de octubre de 2013 VISTO: El Memorándum N° 843-2013-DV-PIR DAIS del 02 de octubre del 2013, emitido por el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2011-PCM, establece que DEVIDA es el organismo

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 140-2013-DV-PE
Lima, 10 de octubre de 2013
VISTO:

El Memorándum N° 843-2013-DV-PIR DAIS del 02 de octubre del 2013, emitido por el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2011-PCM, establece que DEVIDA es el organismo público encargado de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los Sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;

Que, el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 29951 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 autoriza a DEVIDA en el presente año fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas" y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú";
precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 12.1 del mismo artículo es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de las metas en sus dimensiones físicas y financieras, para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;

Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS, con fecha 12 de setiembre del año fiscal 2013, DEVIDA suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Municipalidad Provincial de Picota, para la ejecución de la Actividad: "Actualización del Plan Vial de la Provincia de Picota - Región San Martín" en el año fiscal 2013, a través de transferencias financieras.

En tal sentido, es necesario que DEVIDA realice la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 50,000.00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES);

Que, el Área de Presupuesto de la Unidad Ejecutora 005 - Unidad de Gestión de Lucha contra las Drogas", del Pliego 012 - DEVIDA, ha emitido su informe previo favorable a través del Informe N° 0022-2013-UGLD-OA-PPTO. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad al Plan Operativo y se cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestal correspondiente;

Con las visaciones del Responsable Técnico del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS, de la Dirección de Promoción y Monitoreo, de la Dirección de Asuntos Técnicos, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZACIÓN DE
TRANSFERENCIA FINANCIERA
Autorizar la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 50,000.00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES), para la ejecución de la Actividad: "Actualización del Plan Vial de la Provincia de Picota - Región San Martín", según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO
La transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente Resolución se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo Tercero.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS
RECURSOS
La Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, solo destinará los recursos públicos que se transfieran para la ejecución de la actividad descrito en el Anexo de la presente resolución, quedando prohibida de reorientar dichos recursos a otras actividades y proyectos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN MASÍAS CLAUX
Presidenta Ejecutiva
ANEXO
PROGRAMA PRESUPUESTAL: "DESARROLLO ALTERNATIVO
INTEGRAL Y SOSTENIBLE - PIRDAIS"

ENTIDAD
EJECUTORA
NOMBRE
DESEMBOLSOS
HASTA S/.

MONTO DE LA
TRANSFERENCIA
HASTA S/.

1° 2°
1
Municipalidad Provincial de Picota Actividad: "Actualización del Plan Vial de la Provincia de Picota -Región San Martín"
50,000.00 0.00 50,000.00

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