10/03/2013

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 263-2013-SUNARP/SN Modifican

Modifican la Res. N° 222-2013-SUNARP/SN respecto a la ubicación de la Oficina Receptora en el distrito de Yanahuara - Zona Registral N° XII - Sede Arequipa RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 263-2013-SUNARP/SN Lima, 2 de octubre de 2013 VISTOS, el Oficio N° 0672-2013-Z.R.N°XII/JEF recibido con fecha 19 de setiembre de 2013 emitido por la Jefatura de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa; el Informe N° 159-2013-Z.R.N°XII-OI de fecha 09 de setiembre de 2013 emitido por las Oficina de Informática
Modifican la Res. N° 222-2013-SUNARP/SN respecto a la ubicación de la Oficina Receptora en el distrito de Yanahuara - Zona Registral N° XII - Sede Arequipa
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 263-2013-SUNARP/SN
Lima, 2 de octubre de 2013
VISTOS, el Oficio N° 0672-2013-Z.R.N°XII/JEF recibido con fecha 19 de setiembre de 2013 emitido por la Jefatura de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa; el Informe N° 159-2013-Z.R.N°XII-OI de fecha 09 de setiembre de 2013 emitido por las Oficina de Informática de la Zona Registral N° XII -Sede Arequipa; el Informe N° 224-2013-Z.R.N°XII-JEF/PPTO
de fecha 06 de setiembre de 2013 emitido por el Gestor de Presupuesto y Desarrollo de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa; el Informe N° 372-2013-Z.R.N°XII-JEF/LEGAL
de fecha 11 de setiembre de 2013 emitido por la Oficina de Asesoría Legal de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa; el Informe N° 410-2013-Z.R.N°XII-GAF de fecha 10 de setiembre de 2013 emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa; y, el Informe N° 671-2013-SUNARP/GL de fecha 25 de setiembre de 2013
emitido por la Gerencia Legal de la Sede Central;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 222-2013-SUNARP/SN de fecha 29 de agosto de 2013, se autorizó la creación, apertura y funcionamiento de la Oficina Receptora en el distrito de Yanahuara, la misma que se ubicaría en las instalaciones de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa;

Que, mediante comunicación de fecha 04 de setiembre de 2013, el Gerente de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa informó al Jefe de la Zona Registral N° XII -Sede Arequipa que lamentablemente resultaba imposible aperturar la oficina receptora en sus instalaciones;

Que, mediante el Oficio de Vistos, el Jefe de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa informó que no obstante lo suscitado con la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, la Municipalidad Distrital de Yanahuara, mediante el Oficio N° 290-2013-ALC-MDY de fecha 04 de setiembre de 2013, manifestó su voluntad de contar con una oficina receptora en su comuna; y de esa manera, brindar un mejor servicio a los vecinos de Yanahuara y a la comunidad arequipeña en general;

Que, mediante los Informes de Vistos, las Oficinas de Informática, Presupuesto y Desarrollo, Asesoría Legal y de Administración y Finanzas de la Zona Registral N° XII
- Sede Arequipa emitieron su opinión favorable respecto de la propuesta planteada por la referida Municipalidad, en tanto su ubicación se encuentra aproximadamente a cuatro cuadras de la ubicación inicial - Cámara de Comercio e Industria de Arequipa;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso v) del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS; y, con el visto de la Gerencia General y la Gerencia Legal;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar el artículo Primero y Segundo de la Resolución N° 222-2013-SUNARP/SN de fecha 29 de agosto de 2013; en el sentido que la Oficina Receptora en el distrito de Yanahuara se ubicará en las instalaciones de la Municipalidad Distrital de la Villa Hermosa de Yanahuara.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos

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