10/04/2013

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 297-2013/JNAC/RENIEC Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil

Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima al RENIEC, respecto al acervo documentario relativo a la sección de Matrimonios RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 297-2013/JNAC/RENIEC Lima, 3 de octubre de 2013 VISTOS: El Informe N° 000557-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (06SET2013), emitido por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000914-2013/GPP/ RENIEC (18ABR2013), emitido por la Gerencia de Planificación
Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima al RENIEC, respecto al acervo documentario relativo a la sección de Matrimonios
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 297-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 3 de octubre de 2013
VISTOS:

El Informe N° 000557-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (06SET2013), emitido por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000914-2013/GPP/ RENIEC (18ABR2013), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorando N° 001656-2013/GOR/RENIEC (29AGO2013), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe N° 000125-2013/GPRC/RENIEC (10SET2013), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;

CONSIDERANDO:

Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican la capacidad y estado civil;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 023-96-JEF, se delegó a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM;

Que, con Resolución Jefatural N° 510-2010-JNAC/ RENIEC (09JUN2010), se revocó a partir del 12 de Julio del 2010, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del artículo 44° de la Ley N° 26497
que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima;

Que, por el gran volumen de acervo documentario (Libros de Actas) y títulos archivados perteneciente a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, se realizaron las coordinaciones con los funcionarios de la referida Municipalidad, a fin de realizar la transferencia del acervo documentario por tramos, diferenciándolos por tipo de registro, como una etapa previa a su incorporación; empezando por la sección de Defunciones, seguido por Matrimonios y concluyendo con Nacimientos;

Que, mediante los Informes de vistos, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles en su calidad de encargada del proceso de incorporación de las Oficinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el artículo 111° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), propone la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario relativo a la sección de Matrimonios (Libros de Actas de Matrimonio) y los títulos archivados inherentes a esta sección; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;

Que, a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales, emiten opinión favorable respecto a la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima;

Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario relativo a la sección de Matrimonios (Libros de Actas de Matrimonio) y los títulos archivados inherentes a esta sección; debiéndose transferir también la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si lo tuviera, obtenido a partir del acervo documentario a incorporar; dictando las medidas correspondientes; conservando la citada Oficina de Registros del Estado Civil la delegación de las facultades registrales a que se hace referencia en la Resolución Jefatural N° 510-2010-JNAC/RENIEC (09JUN2010), en lo que respecta al acervo documentario relativo a la sección de Nacimientos (Libros de Actas) y los títulos archivados inherentes a esta sección;

Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- INCORPORAR la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, respecto al acervo documentario relativo a la sección de Matrimonios (Libros de Actas de Matrimonio) y los títulos archivados inherentes a esta sección; así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 04 de octubre del 2013; fecha en la cual también se revocan las facultades registrales comprendidas en el literal q) del artículo 44° de la Ley N° 26497 en lo que corresponda al citado acervo documentario de la sección de Matrimonios, conferida a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, mantenga la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales l), m), n), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497; a que hace referencia la Resolución Jefatural N° 510-2010-JNAC/RENIEC de fecha 09 de Junio de 2010, en lo que respecta al acervo documentario relativo a las sección de Nacimientos (Libros de Actas) y los títulos archivados inherentes a esta sección; quedando facultada a expedir copias certificadas de dicho acervo documentario.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, para el traslado del acervo documentario relativo a la sección de Matrimonios (Libros de Actas de Matrimonio) y los títulos archivados inherentes a esta sección, así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera, al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26497 y el artículo primero precedente.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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