10/05/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 288-2013-EF/43 Aprueban la contratación del Estudio White & Case LLP , en

Aprueban la contratación del Estudio White & Case LLP , en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 288-2013-EF/43 Lima, 04 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea una Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales
Aprueban la contratación del Estudio White & Case LLP , en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 288-2013-EF/43
Lima, 04 de octubre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea una Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la selección de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratación será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas. Dicha Ley fue reglamentada a través del Decreto Supremo N° 125-2008-EF;

Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2009-EF, se aprobó el "Procedimiento para la Contratación de Servicios de Abogados, Estudios de Abogados y Otros Profesionales necesarios para la participación del Estado en Controversias Internacionales de Inversión en el marco de la Ley N° 28933";

Que, el artículo 4 del citado Procedimiento establece los lineamientos que la mencionada Comisión Especial debe seguir para seleccionar al estudio de abogados que se hará cargo de la defensa del Estado peruano en las controversias internacionales de inversión;

Que, el Estado peruano, a raíz de los resultados favorables del arbitraje interpuesto por la empresa Caravelí Cotaruse Transmisora de Energía S.A.C, procedió al requerimiento de pago de penalidades por incumplimiento del Contrato de Concesión de SGT de LT Mantaro – Caravelí – Montalvo y el Contrato de Concesión de SGT de LT Machupicchu – Cotaruse;
así como de una indemnización por daños y perjuicios, requerimiento que fue denegado por la citada empresa, iniciándose una nueva controversia. De esa manera, la Comisión Especial Ley N° 28933 en atención a sus facultades otorgadas por la Ley N° 28933, ha seleccionado al Estudio White & Case LLP para que ejerza la defensa y representación procesal del Estado peruano en la citada controversia;

Que, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración y Recursos Humanos en el Informe N° 607-2013-EF/43.03 señala que se cuenta con la certificación del crédito presupuestario para atender la contratación del citado Estudio que se verifica mediante la Nota N° 0000000103 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Inversiones y Presupuesto;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 1141-2013-EF/42.01 ha opinado favorablemente sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio White & Case LLP; y De conformidad con la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; y con el Decreto Supremo N° 002-2009-EF que aprueba el "Procedimiento para la Contratación de Servicios de Abogados, Estudios de Abogados y Otros Profesionales necesarios para la participación del Estado en Controversias Internacionales de Inversión en el marco de la Ley N° 28933";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la contratación del Estudio White & Case LLP seleccionado por la Comisión Especial, en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de la Oficina General de Administración y Recursos Humanos para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato aprobado en el artículo 1 de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas

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