10/04/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 404-2013-MEM/DM Modifican el artículo 1 de la R.M. N° 541-2012-MEM/DM, en

Modifican el artículo 1 de la R.M. N° 541-2012-MEM/DM, en el extremo referido a la servidumbre de electroducto de la Nueva Subestación Eléctrica Ilo 3, ubicada en el departamento de Moquegua RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 404-2013-MEM/DM Lima, 24 de setiembre de 2013 VISTO: El Expediente N° 21224012 organizado por Abengoa Perú S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 00381616 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Regional de Lima, sobre solicitud de modificación de la servidumbre de electroducto de la
Modifican el artículo 1 de la R.M. N° 541-2012-MEM/DM, en el extremo referido a la servidumbre de electroducto de la Nueva Subestación Eléctrica Ilo 3, ubicada en el departamento de Moquegua
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 404-2013-MEM/DM
Lima, 24 de setiembre de 2013
VISTO: El Expediente N° 21224012 organizado por Abengoa Perú S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 00381616 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Regional de Lima, sobre solicitud de modificación de la servidumbre de electroducto de la Nueva Subestación Eléctrica Ilo 3;

CONSIDERANDO:

Que, en mérito de la Resolución Suprema N° 069-2012-EM, publicada el 04 de julio de 2012, Abengoa Perú S.A. es titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Nueva Subestación Eléctrica Ilo 3;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 541-2012-MEM/DM, publicada el 28 de diciembre de 2012, se estableció la servidumbre permanente de electroducto y de tránsito para la Nueva Subestación Eléctrica Ilo 3, ubicada en el distrito de Algorrabal provincia de Ilo, departamento de Moquegua;

Que, mediante documento presentado al Ministerio de Energía y Minas con fecha 17 de mayo de 2013, Abengoa Perú S.A. solicitó la modificación de la servidumbre de electroducto de la nueva Subestación Eléctrica Ilo 3, impuesta sobre predios de propiedad pública;

Que, del contenido de su solicitud, se desprende que la referida modificación implica la ampliación del área de servidumbre de electroducto de la mencionada instalación en 9 781,74 metros cuadrados, adicionalmente al área ya establecida;

Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, la referida modificación se encuentra dentro del

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