10/13/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 437-2013-MEM/DM Autorizan Transferencia de Recursos a favor de ADINELSA,

Autorizan Transferencia de Recursos a favor de ADINELSA, para la subsanación de proyectos de electrificación rural RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 437-2013-MEM/DM Lima, 11 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal e) de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias de recursos a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctricas estatales,
Autorizan Transferencia de Recursos a favor de ADINELSA, para la subsanación de proyectos de electrificación rural
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 437-2013-MEM/DM
Lima, 11 de octubre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante el literal e) de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951
– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias de recursos a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctricas estatales, destinadas exclusivamente a financiar inversiones adicionales para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura eléctrica de las empresas distribuidoras de electricidad, que abastecen el servicio eléctrico rural;

Que, la referida disposición establece que la transferencia de los recursos se financiarán con cargo al presupuesto institucional correspondiente al año fiscal 2013 del pliego Ministerio de Energía y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, las referidas transferencias de recursos se autorizan mediante resolución del titular del pliego, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las empresas involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, en aplicación del artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 28749 – Ley General de Electrificación Rural, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM y cuyo procedimiento ha sido regulado por la Directiva N° 002-2013-MEM/DGER, el cual autoriza realizar transferencias para inversiones adicionales que sean requeridas, para subsanar deficiencias en la construcción de acuerdo a las normas técnicas de electrificación rural y/o para ampliar la cobertura del servicio eléctrico rural, serán financiados por la DGER con los recursos para electrificación rural;

Que, mediante documento GG-536/2013-ADINELSA, de fecha 02 de octubre, la EMPRESA DE ADMINISTRACION
DE INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. - ADINELSA, ha solicitado a la DGER/MEM recursos económicos, para la subsanación de deficiencias de seis (6) proyectos de electrificación rural que se detalla en el Anexo 01, sustentado con su respectivo informe técnico;

Que, mediante Memorándum N° 0637-2013/MEM/ DGER-JEST , la Dirección General de Electrificación Rural, del Pliego Institucional, ha dado conformidad al informe técnico y a la solicitud de Transferencia de Recursos, a favor de la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE
INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. – ADINELSA, por el monto de S/. 3 737 959,00, para la subsanación de deficiencias de seis (6) proyectos de electrificación rural detallados en el Anexo 01, transferencia que se realizará con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados;

Que, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito Convenio Específico con la EMPRESA
DE ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA
ELECTRICA S.A. – ADINELSA., para la transferencia de recursos, para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura eléctrica, de acuerdo a lo establecido en la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y la Ley N° 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año 2013, y la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 – Directiva para la Ejecución Presupuestaria, modificada por Resolución Directoral N° 022-2011-EF/50.01;

Con la opinión favorable del Director General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina de Administración, del Viceministro de Energía, del Director General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorízase una Transferencia de Recursos por la suma total de TRES MILLONES SETECIENTOS
TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 737 959,00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora N° 005 – Dirección General de Electrificación Rural –DGER, para el Año Fiscal 2013; a favor de la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE
INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. - ADINELSA, para la subsanación de deficiencias de seis (6) proyectos de electrificación rural, según Anexo 01.

Artículo 2°.- La transferencia antes citada se efectuará según el siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados
GASTOS DE CAPITAL
GENERICA DE GASTO: 2.5 OTROS GASTOS
Artículo 3°.- Los recursos, materia de la Transferencia autorizada, serán destinados exclusivamente para los fines indicados en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, no pudiendo ser destinados, bajo responsabilidad; a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4°.- Los términos y obligaciones de la Transferencia de los Recursos se encuentran previstos en los Convenios de Transferencia para el mejoramiento, ampliación y reforzamiento de proyectos de electrificación rural, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y la EMPRESA DE ADMINISTRACION DE
INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. – ADINELSA.

Artículo 5°.- La empresa que recibe la Transferencia de Recursos informará a la Unidad Ejecutora N° 005 -Dirección General de Electrificación Rural, los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos con relación a su cronograma de ejecución y en las disposiciones contenidas en los Convenios referidos en el artículo que antecede.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas
ANEXO 01
EMPRESA DE ADMINISTRACION DE
INFRAESTRUCTURA ELECTRICA S.A. – ADINELSA
N° PROYECTOS MONTO (S/.)
1 INST ALACION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACION
DE ANEXOS Y CASERIOS DE LOS DISTRITOS
DE LA ZONA NORTE DE CASTROVIRREYNA
– HUANCAVELICA E INSTALACION DEL SISTEMA
DE ELECTRIFICACION RURAL DE DOS ANEXOS Y
TRES CASERIOS DEL DISTRITO DE COCAS
456 780.59
2 PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO TARMA III
ETAPA
541 414.47
3 PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO HUANCAVELICA
NORTE EJE PALCA II ETAPA
549 236.80
4 LINEAS PRIMARIAS REDES PRIMARIAS EN 22,9
kV DE CONILA – COCHECHAN Y LONYA – CHICO
– INGUILPATA
203 615.90
5 PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO SAN IGNACIO I
ETAPA
406 955.85
6 PEQUEÑO SISTEMA ELECTRICO HUANUCO DOS
DE MAYO II ETAPA – SEGUNDA FASE
1 579 955.26

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