10/03/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 042-2013-SA Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del

Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Instituto Nacional de Salud del Ministerio RESOLUCIÓN SUPREMA N° 042-2013-SA Lima, 2 de octubre del 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2003-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, el cual contiene la estructura orgánica del citado Instituto Nacional; Que, con Resolución Suprema N° 014-2008-SA se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Salud, y mediante
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Instituto Nacional de Salud del Ministerio
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 042-2013-SA
Lima, 2 de octubre del 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2003-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, el cual contiene la estructura orgánica del citado Instituto Nacional;

Que, con Resolución Suprema N° 014-2008-SA se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Salud, y mediante Resolución Jefatural N° 452-2012-J-OPE/INS, se aprobó su reordenamiento de cargos;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 260-2010-J-OPE/INS y sus modificatorias, se aprobó el Manual de Clasificación de Cargos del Instituto Nacional de Salud;

Que, con Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo en el numeral 14.1 del artículo 14°, que el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal, para el caso de Ministerios y Organismos Públicos debe ser remitido para informe previo a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, en su artículo 15° de los precitados Lineamientos se señala que, la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de los Ministerios y Organismos Públicos se efectuará por Resolución Suprema refrendada por el Titular del Sector;

Que, mediante Ley N° 28498, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de salud no médicos cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, se encuentren prestando servicios en condición de contratados bajo cualquier modalidad;

Que, con Ley N° 28560, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, se encuentren prestando servicios en condición de contratados bajo cualquier modalidad, precisándose a través de la Ley N° 28744, que el cumplimiento de aquella es por nombramiento directo de quienes ocupan las plazas a la fecha de publicación de la referida Ley;

Que, por Ley N° 29682, se autorizó el nombramiento de los médicos cirujanos a nivel nacional – en forma progresiva, por concurso de méritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal- que se encuentren prestando servicios en la condición de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos años continuos o cuatro años no consecutivos como mínimo;

Que, los literales c) y d) del numeral 8.1 del artículo 8°
de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, han establecido como excepción a las medidas en materia de personal, el nombramiento de hasta el 55% del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refieren las Leyes N°s. 28498 y 28560, sus normas modificatorias y complementarias; así como el nombramiento de hasta el 25% del número de los profesionales médicos comprendidos en la Ley N° 29682, respectivamente;

Que, conforme a lo señalado en el numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 29951, para la aplicación de los casos de excepción antes mencionados, es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, y registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certificación del crédito presupuestario;

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-SA, se establecen lineamientos para el proceso de nombramiento del año 2013 en el marco de las Leyes N°s. 28498, 28560
y 29682, en las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales;

Que, a través de los Oficios N° 538 y N° 946-2013-J-OPE/INS el Instituto Nacional de Salud remitió a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud su propuesta de Cuadro para Asignación de Personal, para el trámite de aprobación correspondiente, adjuntando los Informes Técnico y Legal respectivos, que lo sustentan;

Que, con Informe N° 0134-2013-OGPP-OO/MINSA, la Oficina de Organización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, emite opinión técnica favorable a la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Salud;

Contando con la opinión favorable de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 118°
de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal;

SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud, que como anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución Suprema en el Diario Oficial "El Peruano".

La presente Resolución Suprema y el Cuadro para Asignación de Personal, aprobado por el artículo 1° de la presente norma, serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Institucional del Instituto Nacional de Salud, al día siguiente de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 3°.- Derogar la Resolución Suprema N° 014-2008-SA y demás normas que se opongan a la presente Resolución Suprema.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud 996299-10
Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio a España, en comisión de servicios
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA N° 043-2013-SA
Lima, 2 de octubre del 2013
CONSIDERANDO:

Que, en la ciudad de Madrid, Reino de España, se llevará a cabo una pasantía en el Servicio de Farmacocinética y Genéricos, del Departamento de Medicamentos de Uso Humano, relativa a la evaluación de estudios de bioequivalencia, o Aspectos Biofarmacéuticos - Bioequivalencia de Medicamentos, organizada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS);

Que, la Fase II de la citada pasantía, se realizará de manera presencial del 7 al 18 de octubre de 2013;

Que, con Resolución Ministerial N° 203-2013/ MINSA, de fecha 15 de abril de 2013, se aprobó el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2013
del Ministerio de Salud, el cual incluye la realización de dos pasantías en el extranjero en farmacología clínica y aspectos biofarmacéuticos de nuevos medicamentos por parte de los Químicos Farmacéuticos Sofía Patricia Salas Pumacayo y Linder Juanito Figueroa Salvador, profesionales contratados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios en la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas;

Que, mediante documento UAP/INTEL/LF/SOQ de fecha 30 de mayo de 2013, la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), comunica que los citados profesionales han sido aceptados para la realización de la pasantía en el Servicio de Farmacocinética y Genéricos antes mencionada;

Que, mediante Nota Informativa N° 196-2013-DIGEMID-DG-EGA/MINSA, el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, solicita se autorice el viaje de los Químicos Farmacéuticos Sofía Patricia Salas Pumacayo y Linder Juanito Figueroa Salvador, a la ciudad de Madrid, Reino de España, para que participen en la referida pasantía;

Que, con Memorando N° 2515-2013-OGA/MINSA, la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, informa que el viaje de los Químicos Farmacéuticos Sofía Patricia Salas Pumacayo y Linder Juanito Figueroa Salvador, a la ciudad de Madrid, Reino de España, para que realicen la referida pasantía, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, en la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011 : Ministerio de Salud, para la adquisición de los pasajes en tarifa económica, así como viáticos para doce días, y un día adicional por gastos de instalación, para dos personas;

Que, mediante Informe N° 341-2013-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, ha emitido opinión favorable respecto de la autorización del viaje de los Químicos Farmacéuticos Sofía Patricia Salas Pumacayo y Linder Juanito Figueroa Salvador, a la ciudad de Madrid, Reino de España, para que realicen la pasantía antes mencionada, señalando que la misma se encuentra prevista en el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2013 del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Ministerial N° 203-2013/MINSA, y se adecúa a lo previsto en el artículo 28° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1025 sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2010-PCM;

Que, conforme a lo dispuesto en el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en la Ley N° 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos, y su modificatoria; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus modificatorias; y en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1025 sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2010-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los Químicos Farmacéuticos Sofía Patricia Salas Pumacayo y Linder Juanito Figueroa Salvador, profesionales contratados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios en la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 5 al 20 de octubre de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje tarifa económica (incluido TUUA, para 2 personas) : US$ 4,748.34
- Viáticos por 13 días (para 2 personas) : US$ 14,040.00
----------------------TOTAL : US$ 18,788.34
Artículo 3°.- Disponer que dentro de los quince (15)
días calendario posteriores a su retorno, los profesionales citados en el artículo 1° de la presente Resolución Suprema, presenten a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y al Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, un informe detallado, con conclusiones y recomendaciones sobre la experiencia obtenida en la actividad a la que acudirá, así como la rendición de cuentas debidamente documentada.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud 996299-11
{E}TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje del Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo a Brasil, en comisión de servicios
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2013-TR
Lima, 2 de octubre de 2013
VISTOS: El Facsímil (DGM-DAS) N° 26 del Director para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multianuales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Oficio N° 657-2013-MTPE/4/10
y el Informe N° 77-2013-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y el Oficio N° 1330-2013-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Facsímil (DGM-DAS) N° 26, el Director para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multianuales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, trasmite a la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales la invitación que dirige al Gobierno Peruano la embajada de la República Federativa del Brasil, respecto de la "lll Conferencia Global sobre Trabajo Infantil" se realizará del 8 al 10 de octubre de 2013, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil y formar parte del Comité Consultivo Internacional de la Conferencia;

Que, la referida conferencia tiene como objetivo evaluar el progreso a nivel mundial desde la adopción del Convenio 182 de la OIT y de la Hoja de Ruta para lograr la eliminación de las peores formas de trabajo infantil para el 2016, acordado en la ll Conferencia Global sobre Trabajo Infantil que se realizó en la Haya en el año 2010;

Que, mediante oficio de vistos, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, comunica que el señor Edgardo Sergio Balbín Torres, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo será el punto focal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Comité Consultivo Internacional de la lll Conferencia Global sobre Trabajo Infantil;

Que, en consideración a lo expuesto y dada la importancia del citado evento para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar el viaje del señor Edgardo Sergio Balbín Torres, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, quién acompañará a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo en el evento señalado en el primer considerando;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificatorias; el numeral 4) del artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor EDGARDO
SERGIO BALBÍN TORRES, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 7
al 11 de octubre de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle:

Señor EDGARDO SERGIO BALBIN TORRES
Pasajes US$ 1, 878.06
Viáticos US$ 1, 480.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar al Despacho Ministerial, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
TERESA NANCY LAOS CÁCERES
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 996299-12
Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Administración del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes a la Obra"
{N}RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 034-2013-MTPE/3
Lima, 2 de octubre de 2013
VISTOS: La Carta s/n del 17 de setiembre de 2013, de la señora Noemí Maturrano León de Reynaga; el Informe N° 315-2013-JOVENES A LA OBRA/DE/UGAL
del Gerente de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal y el Oficio N° 737-2013-MTPE/3/24.2 del Director Ejecutivo (e) del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes a la Obra"; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 011-2013-MTPE/3, se designó a la señora Noemí Maturrano León de Reynaga en el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Administración del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes a la Obra";

Que, mediante carta de vistos, la referida funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado precedentemente, por lo que corresponde aceptar su renuncia y designar al funcionario que desempeñará dicho cargo;

Que, la designación que refiere el considerando precedente, no se encuentra comprendido en lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del poder ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos;

Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en el numeral 3) del artículo 26° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal b)
del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR y el artículo 18° del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes a la Obra", aprobado mediante Resolución Ministerial N° 179-2012-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la señora NOEMI MATURRANO LEON DE
REYNAGA, al cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Administración del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes a la Obra", dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, a la señora LUCY MARGOT CHAFLOQUE AGAPITO, como Gerente de la Unidad Gerencial de Administración del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes a la Obra".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR QUISPE REMÓN
Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral

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