10/17/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 191-2013-RE Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al

Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al "Convenio entre la República del Perú y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Tributación en relación con los Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio" y su Protocolo RESOLUCIÓN SUPREMA N° 191-2013-RE Lima, 16 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el "Convenio entre la República del Perú y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Tributación en relación con los Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio" y su Protocolo que constituye parte integrante
Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al "Convenio entre la República del Perú y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Tributación en relación con los Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio" y su Protocolo
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 191-2013-RE
Lima, 16 de octubre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el "Convenio entre la República del Perú y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Tributación en relación con los Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio" y su Protocolo que constituye parte integrante del mismo, fueron firmados el 21 de setiembre de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú.

Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación y posterior ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 102° inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2° de la Ley N° 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano;

RESUELVE:

Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República la documentación relativa al "Convenio entre la República de Perú y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Tributación en relación con los Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio" y su Protocolo que constituye parte integrante del mismo, firmados el 21 de setiembre de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y la señora Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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