11/12/2013

LEY N° 30105 DEL ASFALTADO DE CARRETERAS EN CAJAMARCA

LEY N° 30105 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL ASFALTADO, EL MEJORAMIENTO Y LA CULMINACIÓN DE LOS TRAMOS DE LA CARRETERA CUTERVO, SÓCOTA, SAN ANDRÉS, SANTO TOMÁS, PIMPINGOS Y CUYCA Artículo único. Declaración de necesidad pública e interés nacional Declárase de necesidad

LEY N° 30105
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL ASFALTADO, EL MEJORAMIENTO Y LA CULMINACIÓN DE LOS TRAMOS DE LA CARRETERA CUTERVO, SÓCOTA, SAN ANDRÉS, SANTO TOMÁS, PIMPINGOS Y CUYCA

Artículo único. Declaración de necesidad pública e interés nacional Declárase de necesidad pública e interés nacional la ejecución de la obra de construcción del asfaltado, el mejoramiento y la culminación de los tramos de la carretera Cutervo, Sócota, San Andrés, Santo Tomás, Pimpingos y Cuyca, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, con la finalidad de permitir la interconexión de los pueblos de la sierra y la selva de la región, el comercio y el turismo en la zona.

Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil trece.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Congreso de la República
MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de noviembre del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros

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