11/13/2013

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 039-2013-SUNASS-CD Aprueban metas de gestión, fórmula tarifaria

Aprueban metas de gestión, fórmula tarifaria y estructura tarifaria de EMAPA PASCO S.A. en el quinquenio regulatorio 2013 - 2018 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 039-2013-SUNASS-CD Lima, 8 de noviembre de 2013 VISTO: El Informe N° 046-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta: i) El estudio tarifario final con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EMAPA PASCO S.A. en el quinquenio regulatorio 2013-2018 y ii) Los costos
Aprueban metas de gestión, fórmula tarifaria y estructura tarifaria de EMAPA PASCO S.A. en el quinquenio regulatorio 2013 - 2018
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 039-2013-SUNASS-CD
Lima, 8 de noviembre de 2013
VISTO:

El Informe N° 046-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta: i) El estudio tarifario final con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EMAPA PASCO S.A. en el quinquenio regulatorio 2013-2018 y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 004-2012-SUNASS-GRT se iniciaron los procedimientos de aprobación de: i)
La fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EMAPA PASCO S.A.;

Que, según el informe de visto -el cual forma parte integrante de la presente resolución- de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas 1
, la SUNASS ha cumplido con: i) Publicar en el Diario Oficial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; ii) Realizar la audiencia pública correspondiente (9 de agosto de 2013) en la cual sustentaron y expusieron los criterios, metodología, estudio tarifario y modelo económico que sirvieron de base para elaborar el proyecto de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y iii) Elaborar el estudio tarifario final y el informe de evaluación de la propuesta final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la audiencia pública);

Que, sobre la base del Informe N° 046-2013-SUNASS-110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EMAPA PASCO
S.A. y disponer la constitución del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa;

El Consejo Directivo en su sesión del 23 de octubre de 2013;

HA RESUELTO:

Artículo 1°.- Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EMAPA PASCO S.A. en el quinquenio regulatorio 2013-2018, así como los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1 de la presente resolución.

Artículo 2°.- Aprobar la fórmula tarifaria que será de aplicación a EMAPA PASCO S.A. para el quinquenio regulatorio 2013-2018, así como sus condiciones de aplicación, de acuerdo con lo especificado en el Anexo N° 2 de la presente resolución.

Artículo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria correspondiente al quinquenio regulatorio 2013-2018 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EMAPA PASCO S.A., conforme al detalle contenido en el Anexo N° 3 de la presente resolución.

Artículo 4°.- Aprobar los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que EMAPA PASCO S.A. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 4 de la presente resolución.

Artículo 5°.- El inicio del año regulatorio y la aplicación de la estructura tarifaria aprobada se considerarán a partir del ciclo de facturación siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución.

Artículo 6°.- La presente resolución, su exposición de motivos y los Anexos Nos. 2 y 3 deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Los Anexos Nos. 1 y 4, el estudio tarifario final, el informe sobre el estudio tarifario y la propuesta de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales se publicarán en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe.

Artículo 7°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO MOMIY HADA
Presidente Consejo Directivo 1
Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD
y sus modificatorias.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA
TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE
GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE
MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA
ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS
COLATERALES DE EMAPA PASCO S.A.

El estudio tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EMAPA PASCO S.A. para el quinquenio regulatorio 2013-2018. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión eficientes de la empresa, que figuran en el citado estudio tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo N° 2 del Reglamento General de Tarifas 1
.

Asimismo, se ha evaluado la propuesta final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicados por EMAPA
PASCO S.A. Dicha evaluación ha sido elaborada en base a la cantidad y rendimientos de los recursos identificados por la EPS, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa.

II. CONSIDERACIONES LEGALES.-De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332
2
, y los artículos 24 y 26 del Reglamento General de la SUNASS
3
, la SUNASS es competente para establecer la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas 1
Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias.

2
Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos.

3
Aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM.
de gestión aplicables a las EPS. Asimismo, el artículo 30 de la Ley N° 26338
4
señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. Por otro lado, el artículo 85 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 26338
5
, establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS.

Según la Resolución de Consejo Directivo N° 061-2011-SUNASS-CD las EPS podrán acceder a una tarifa básica y/o una tarifa condicionada.

III. IMPACTO ESPERADO:

La aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, aplicables por EMAPA
PASCO S.A. favorece, por un lado, a la empresa; y por el otro, a la población atendida. A la EPS, debido a que su aplicación debe coadyuvar a su sostenibilidad económica y viabilidad financiera; y a la población, que se beneficiará del compromiso de la empresa refiejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento debe traer consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios.

4
Ley General de Servicios de Saneamiento.

5
Aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA.

ANEXO N° 2
FÓRMULA TARIFARIA DE EMAPA PASCO S.A.

PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2013-2018,
MEDIANTE INCREMENTOS TARIFARIOS
BASE Y CONDICIONADOS Y SUS CONDICIONES
DE APLICACIÓN
A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE
A.1 LOCALIDAD DE PASCO
La fórmula tarifaria, que contiene los incrementos tarifarios base, es la siguiente:

Incrementos Tarifarios Base: Sin transferencia de recursos del Gobierno Regional de Pasco 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,790) (1 + ) T1 = To (1 + 0,790) (1 + )
T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + )
T3 = T2 (1 + 0,220) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,220) (1 + )
T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + )
T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )
Donde:

To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1
T2 : Tarifa media que corresponde al año 2
T3 : Tarifa media que corresponde al año 3
T4 : Tarifa media que corresponde al año 4
T5 : Tarifa media que corresponde al año 5
: Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor La fórmula tarifaria considera para el primer año regulatorio un incremento tarifario base de 79%, que se aplicará en caso el Gobierno Regional de Pasco no cumpla, hasta culminado el sexto mes del primer año regulatorio 1
, con transferir a EMAPA PASCO S.A. S/. 1 millón (para cubrir los costos de energía eléctrica e insumos químicos necesarios para el tratamiento del agua, durante los dos primeros años regulatorios).

El incremento tarifario base de 79% está compuesto, a su vez, de dos incrementos tarifarios: el primero, de 54.3%
para cubrir los costos de operación y mantenimiento, así como inversiones de EMAPA PASCO S.A.; y el segundo, de 24.7% para cubrir los costos energía eléctrica e insumos químicos necesarios para el tratamiento del agua. Consecuentemente, si el Gobierno Regional de Pasco cumpliera con transferir dichos recursos a EMAPA
PASCO S.A. dentro del plazo señalado, el incremento tarifario del primer año será 54.3%.

En cuanto al incremento tarifario base del tercer año regulatorio de 22%, este se aplicará en caso el Gobierno Regional de Pasco no transfiera recursos adicionales a EMAPA PASCO S.A. para cubrir los costos de los tres últimos años regulatorios a los que se refiere el párrafo anterior. De lo contrario, no se aplicará incremento tarifario en dicho año regulatorio.

A.2 LOCALIDAD DE VICCO
1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,000) (1 + ) T1 = To (1 + 0,000) (1 + )
T2 = T1 (1 + 0,790) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,790) (1 + )
T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + )
T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + )
T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )
Donde:

To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1
T2 : Tarifa media que corresponde al año 2
T3 : Tarifa media que corresponde al año 3
T4 : Tarifa media que corresponde al año 4
T5 : Tarifa media que corresponde al año 5
: Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el segundo año regulatorio está sujeto a la entrada en funcionamiento de una oficina descentralizada para atención al usuario 2
, en la localidad de Vicco.

B. INCREMENTOS TARIFARIOS CONDICIONADOS
Los incrementos tarifarios condicionados son adicionales a los previstos en el literal A del presente anexo y están relacionados a los costos de operación y mantenimiento que permitirán la sostenibilidad de las inversiones. Dichos incrementos son los siguientes:

Incrementos Tarifarios Condicionados Módulo Concepto Operación y Mantenimiento Por el Servicio de Agua Potable Por el Servicio de Alcantarillado
I
Líneas de conducción, aducción y el mejoramiento de los reservorios Cruz Blanca y Moquegua 1.84%
II
140 conexiones de agua potable y 105 conexiones de alcantarillado.

2.8% 2.8%
* Los módulos corresponden a los siguientes proyectos: Módulo I: Proyecto Mejoramiento, Rehabilitación y Ampliación del Sistema de Agua Potable en los Sectores AA.HH. Tahuantinsuyo y Túpac Amaru". Módulo II: Proyecto "Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua y Desagüe del AA.HH. Columna Pasco II
Etapa".

1
Mediante Acta de Trabajo del 17 de abril de 2013 suscrita por el Presidente del Gobierno Regional de Pasco, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Pasco y el Gerente General de EMAPA PASCO, el Gobierno Regional de Pasco se compromete a transferir a la referida empresa durante los dos primeros años del quinquenio regulatorio S/. 1 millón, que la empresa deberá destinar a cubrir los costos de energía eléctrica e insumos químicos necesarios para el tratamiento del agua. El mencionado compromiso deberá formalizarse a través de los mecanismos previstos por la normatividad vigente.

2
Entiéndase por una oficina descentralizada en funcionamiento para atención al usuario, aquella que brinda una atención mayor o igual a 20 horas a la semana (no menor a 4 horas por día).

Cabe indicar respecto al proyecto integral de "Mejoramiento y ampliación de los servicios de saneamiento y fortalecimiento institucional integral de la EMAPA PASCO", con código SNIP 74176, que el expediente técnico del mencionado proyecto a la fecha se encuentra en proceso de convocatoria para la contratación de la ejecución de la obra. La entrada en operación de dicho proyecto implicaría un incremento estimado en 113% para el servicio de agua potable y 113% para el servicio de alcantarillado para cubrir sus costos de operación y mantenimiento. Este incremento es referencial y requiere para su actualización, la presentación a la SUNASS de parte de EMAPA PASCO S.A.
de un informe técnico sobre los componentes ejecutados y los respectivos costos incrementales del proyecto considerados en el expediente técnico. La aplicación de este incremento tarifario se realizará a la entrada en operación del proyecto.

C. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS
INCREMENTOS TARIFARIOS
I.- INCREMENTOS TARIFARIOS BASE.

La verificación por el organismo regulador del cumplimiento de las metas de gestión base previstas autoriza a EMAPA PASCO S.A. a aplicar los incrementos tarifarios base considerados en la fórmula tarifaria.

El cumplimiento de las metas de gestión base se evaluará con el Índice de Cumplimiento Global a nivel
EPS (ICG).

El incremento tarifario base del segundo año regulatorio previsto para la localidad de Vicco, está sujeto a la entrada en funcionamiento de una oficina desconcentrada para atención al usuario en la mencionada localidad 3
.

La EPS podrá acceder al saldo del referido incremento tarifario, en los siguientes años del quinquenio regulatorio, en forma proporcional al ICG obtenido en cada año.

II.- INCREMENTOS TARIFARIOS CONDICIONADOS
Los incrementos tarifarios condicionados se aplicarán una vez que la SUNASS verifique el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Puesta en operación de las líneas de conducción, aducción y el mejoramiento de los reservorios Cruz Blanca y Moquegua.

2. Instalación de 140 conexiones de agua potable y 105 conexiones de alcantarillado.

3. Puesta en operación de los componentes del proyecto Integral de "Mejoramiento y ampliación de los servicios de saneamiento y fortalecimiento institucional integral de la EMAPA PASCO", con código SNIP 74176
3
Entiéndase por una oficina desconcentrada en funcionamiento para atención al usuario, aquella que brinda una atención mayor o igual a 20 horas a la semana (no menor a 4 horas por día).

ANEXO N° 3
ESTRUCTURA TARIFARIA DEL QUINQUENIO
REGULATORIO 2013-2018 PARA LOS SERVICIOS DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE EMAPA
PASCO S.A.

Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.

A. LOCALIDAD DE CERRO DE PASCO
a. Cargo fijo (S/. /Mes): 1,006. Se reajusta por efecto de la infiación de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Tarifas.
b. Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3)
CATEGORÍA (m3/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a 10 0,607
10 a más 0,839
CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3)
CATEGORÍA (m3/mes) Año 1
Doméstico 0 a 10 0,607
10 a 20 0,839
20 a más 0,903
NO RESIDENCIAL
Comercial 0 a 20 0,903
20 a más 1,104
Industrial 0 a 20 1,033
20 a más 1,452
Estatal 0 a 20 0,903
20 a más 1,104
El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la estructura tarifaria.
c. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3)
CATEGORÍA (m3/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a 10 0,182
10 a más 0,251
Doméstico 0 a 10 0,182
10 a 20 0,251
20 a más 0,271
NO RESIDENCIAL
Comercial 0 a 20 0,271
20 a más 0,331
Industrial 0 a 20 0,310
20 a más 0,435
Estatal 0 a 20 0,271
20 a más 0,331
El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la estructura tarifaria.
d. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes)
Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 10 14 10 13 14 16 17 15 19 38 23 40 19 38 90
Categoría Social • Usuarios con venían siendo facturados con Asignación de Consumo de 22m3 (Doméstico) se les aplicará la Asignación de Consumo de 10m3.
• Usuarios con venían siendo facturados con Asignación de Consumo de 40m3 (Doméstico) se les aplicará la Asignación de Consumo de 14m3.

Categoría Doméstico • Ver el cuadro "Asignaciones máximas de consumo por días/horas de abastecimiento para la categoría doméstico de la Localidad de Cerro de Pasco"
Categoría Comercial • Usuarios con Asignación de Consumo actual de 50m3
se les aplicará la Asignación de Consumo de 15m3.
• Usuarios con Asignación de Consumo actual de 60m3
se les aplicará la Asignación de Consumo de 19m3.
• Usuarios con Asignación de Consumo actual de 130m3 se les aplicará la Asignación de Consumo de 38m3.

Categoría Industrial • Usuarios con Asignación de Consumo actual de 90m3
se les aplicará la Asignación de Consumo de 23m3.
• Usuarios con Asignación de Consumo actual de 175m3 se les aplicará la Asignación de Consumo de 40m3.

Categoría Estatal • Usuarios con Asignación de Consumo actual de 60m3
se les aplicará la Asignación de Consumo de 19m3.
• Usuarios con Asignación de Consumo actual de 130m3 se les aplicará la Asignación de Consumo de 38m3.
• Usuarios con Asignación de Consumo actual de 320m3 se les aplicará la Asignación de Consumo de 90m3.
• Las asignaciones de consumo de 770m3 y 1600m3, ahora serán consideradas como volumen promedio (hasta que sean efectivamente medidas), las cuales serán de 210m3 y 430m3, respectivamente.

Asignaciones máximas de consumo por días/ horas de abastecimiento para la categoría doméstico de la Localidad de Cerro de Pasco Grupos Horas de Abastecimiento
MENOS DE 1
HORA
DE 1 A 2
HORAS
MÁS DE 2
HORAS
GRUPO 1: Hasta 3 días 10m3 13m3 16m3
GRUPO 2: De 4 a 5 días 13m3 14m3 16m3
GRUPO 3: Mayor a 5 días 14m3 16m3 17m3
EMAPA PASCO S.A. dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la fórmula tarifaria y reajustes de tarifa por efecto de la infiación tomando como base el IPM.

B. LOCALIDAD DE VICCO
a. Cargo fijo (S/. /Mes): 1,006. Se reajusta por efecto de la infiación de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Tarifas.
b. Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3)
CATEGORÍA (m3/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a más 0,197
Doméstico 0 a 10 0,197
10 a más 0,342
NO RESIDENCIAL
Comercial 0 a más 0,572
Industrial 0 a más 0,807
Estatal 0 a más 0,523
c. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3)
CATEGORÍA (m3/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a más 0,032
Doméstico 0 a 10 0,032
10 a más 0,056
NO RESIDENCIAL
Comercial 0 a más 0,094
Industrial 0 a más 0,133
Estatal 0 a más 0,086
d. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes)
Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 10 10 15 20 20
Categoría Social Usuarios con Asignación de Consumo actual de 15m3 (Doméstico) se les aplicará la Asignación de Consumo de 10m3.

Categoría Doméstico Usuarios con Asignación de Consumo actual de 15m3
se les aplicará la Asignación de Consumo de 10m3.

Categoría Comercial Usuarios con Asignación de Consumo actual de 50m3
se les aplicará la Asignación de Consumo de 15m3.

Categoría Industrial Usuarios con Asignación de Consumo actual de 90m3
se les aplicará la Asignación de Consumo de 20m3.

Categoría Estatal Usuarios con Asignación de Consumo actual de 60m3
se les aplicará la Asignación de Consumo de 20m3.

EMAPA PASCO S.A. dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de reajustes de tarifa por efecto de la infiación tomando como base el IPM.

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